Acceder

Policia prodisturbios, ¡gracias por protegernos!

177 respuestas
Policia prodisturbios, ¡gracias por protegernos!
Policia prodisturbios, ¡gracias por protegernos!
Página
19 / 23
#145

Re: Policia prodisturbios, ¡gracias por protegernos!

Te quejas de democracia?

En otros países, simplemente con el avatar que tu utilizas, ridiculizando al presidente del gobierno, te meterían en la cárcel, como poco.

La democracia también supone respeto.

#146

Re: Policia prodisturbios, ¡gracias por protegernos!

Estás equivocado. Para manifestarse solo hay que comunicarlo.
Si la Delegación del Gobierno desautoriza o tiene algún reparo en la forma que se plantea la manifestación, debe comunicarlo a los convocantes, razonándolo. Cualquier resolución en contra del derecho de manifestación puede ser recurrida ante los tribunales, que tienen siempre la última palabra.

#147

Re: Policia prodisturbios, ¡gracias por protegernos!

Nos la cojemos con papel de fumar...sacamos la pega a la policía por sí la forma de llevarle detenida , el brazo lo llevaba un poco más alto, y por eso demonizamos a las fuerzas de seguridad.

Y cuando ves en el video como patean a un policía ....eso no te produce ninguna queja?

#148

Re: Policia prodisturbios, ¡gracias por protegernos!

No sólo comunicarlo y ya esta.
El que las convoca es responsable de los destrozos que se puedan producir...

La celebración de reuniones en lugares de tránsito público y de manifestaciones deberán ser comunicadas por escrito a la autoridad gubernativa correspondiente por los organizadores o promotores de aquéllas, con una antelación de diez días naturales, como mínimo y treinta como máximo. Si se tratare de personas jurídicas la comunicación deberá hacerse por su representante.
Cuando existan causas extraordinarias y graves que justifiquen la urgencia de convocatoria y celebración de reuniones en lugares de tránsito público o manifestaciones, la comunicación, a que hace referencia el párrafo anterior, podrá hacerse con una antelación mínima de veinticuatro horas.
Artículo 9.
En el escrito de comunicación se hará constar:
a) Nombre, apellidos, domicilio y documento oficial de identificación del organizador u organizadores o de su representante, caso de personas jurídicas, consignando también la denominación, naturaleza y domicilio de éstas.
b) Lugar, fecha, hora y duración prevista.
c) Objeto de la misma.
d) Itinerario proyectado, cuando se prevea la circulación por las vías públicas.
e) Medidas de seguridad previstas por los organizadores o que se soliciten de la autoridad gubernativa.
Artículo 10.
Si la autoridad gubernativa considerase que existen razones fundadas de que puedan producirse alteraciones del orden público, con peligro para personas o bienes, podrá prohibir la reunión o manifestación o, en su caso, proponer la modificación de la fecha, lugar, duración o itinerario de la reunión o manifestación. La resolución deberá adoptarse en forma motivada, y notificarse en el plazo máximo de cuarenta y ocho horas desde la comunicación prevista en el art. 8.ºRCL 1983\1534, de acuerdo con los requisitos establecidos en la Ley de Procedimiento Administrativo (RCL 1958\1258)

#149

Re: Policia prodisturbios, ¡gracias por protegernos!

Es lo que yo he dicho.
La celebración de una manifestación, si bien tiene que reunir los requisitos que la Ley indica, no ha de ser autorizada por la autoridad gubernativa, como tu manifestabas en tu anterior post.

#150

Re: Policia prodisturbios, ¡gracias por protegernos!

Tienes razón en el matiz.

Pero compartirás conmigo, que tiene unas limitaciones, como hora de principio y final, recorrido, etc

Y en concreto sobre este caso, si hay una hora de fin y no se disuelven, si sería una manifestación no autorizada a partir de esa hora

#151

Re: Policia prodisturbios, ¡gracias por protegernos!

Es que creo que sigues en el mismo error.
Una manifestación NO tiene que ser autorizada.
Otra cosa es que no haya sido comunicada o que se haya salido del horario y los límites establecidos; en ese caso, si hay alteración del orden público, la autoridad gubernativa está facultada para disolverla, siempre de una forma proporcionada y responsable.
Lo que no es de recibo es que se utilice a la policía para cargar de manera salvaje y sanguinaria.
La función básica de la policía es defender los derechos de los ciudadanos y protegerlos, también cuando se manifiestan.
Fernández Díaz me recuerda demasiado a Fraga cuando decía "la calle es mía" y la policía llegó a usar fuego real provocando una masacre (enero de 1976, catedral de Vitoria).

#152

Re: Policia prodisturbios, ¡gracias por protegernos!

Y al bombero le cae una viga, y al minero un costero de carbon, en todas las profesiones hay riesgos. Pero pegar a quien no es porque otro te hizo algo no creo que aporte ni una pizca de justicia a la situación.

Respecto al asunto de como llevan a la chica, pide a alguien que te ate las manos a la espalda, que te ponga los brazos como a ella y me cuentas.

La empatia es una virtud, la de ser capáz de ponerse en la piel del otro. Me me puesto en la piel del policia y en la de la chica y, la verdad, no hay color, de estar en una manifestación preferiría estar como policía, dado que si sufro daños será un mérito culpa de los demas, y no como manifestante, en que todo lo que me pase será culpa mía.

Ahora vuelvo a mi piel y te diré: yo siempre prefiero apoyar al débil, los poderosos ya tienen a la policía para apoyarles, así que van bien servidos.