El Gobierno propone retrasar la edad mínima de la jubilación anticipada
El Gobierno prometió a la Unión Europea que iba a retrasar la edad real de jubilación. Para lograrlo, el Ejecutivo ha propuesto al Congreso y a los agentes sociales elevar la edad mínima para acceder a la jubilación anticipada en un informe que la Seguridad Social les remitió ayer. Lo ha hecho antes de que entre en vigor la última reforma de pensiones, que en enero fijará la edad mínima de esta modalidad de retiro entre los 61 y los 63 años. El documento no concreta una nueva edad. Como tampoco especifica hasta dónde pretende retrasarla para poder jubilarse parcialmente, otra de las propuestas del informe. En el texto también se adelanta la intención de aumentar el periodo mínimo de cotización para estas jubilaciones y los coeficientes de reducción que se aplican.
Para conceder un retraso en el objetivo de déficit (3%), Bruselas exigió a España que reformara de nuevo su sistema de pensiones. Lo hizo pese a que todavía no está vigente el último gran cambio, aprobado en julio del año pasado: a partir de enero y hasta 2027, la edad legal de jubilación se irá elevando de los 65 años actuales hasta los 67. El objetivo de ambas reformas —la que no ha entrado en vigor y la que está por redactar— es retrasar la edad real de retiro, en 2011 a 63,5 años, según los datos del informe al que ha tenido acceso este diario.
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La propuesta del Gobierno, recogida en 41 páginas, implica reformar el acceso a la jubilación anticipada y a la parcial. La pretensión es endurecer el acceso a estas figuras y que cuando un trabajador opte por retirarse antes de cumplir la edad legal perciba una pensión menor para ahorrar gasto a la Seguridad Social. Aunque bien es verdad que este fin último puede formularse de otra forma: “El objetivo del presente informe es presentar medidas que faciliten la sostenibilidad del sistema”. En el documento se expone que de todas las jubilaciones de 2011 (198.600), el 50,6% fueron anticipadas. Y que la pensión media que se cobraba en estos casos (1.344,42 euros mensuales) era superior a la de quienes se retiraron cuando cumplieron la edad legal (1.234.5 euros).
La reforma de pensiones que entrará en vigor en enero —es de esperar, dados los tiempos parlamentarios, que la que ahora comienza a pergeñarse no se aprobará antes— contempla cuatro vías de jubilación anticipada. Pero las principales son dos, y son estas las que propone reformar el Gobierno. La primera permitirá retirarse a partir de los 61 años si el trabajador resulta afectado por un despido colectivo o el cierre de la empresa. Además exigirá haber cotizado durante 33 años (ahora se necesitan 30).
La otra se abrirá a partir de los 63 años de forma voluntaria para quienes hayan cotizado al menos durante 33 años. En ambos casos se aplicarán unos coeficientes de reducción sobre la pensión teórica que le correspondería al jubilado si se retirara a la edad legal que van del 1,625% trimestral al 1,875% (el porcentaje varía en función de los años cotizados).
La nueva reforma modificará los tres parámetros básicos: edad, años cotizados y coeficientes de reducción. En una redacción casi imposible y ambigua, el primer informe habla de la “adecuación de la edad que posibilita el acceso anticipado a la edad de jubilación a las variaciones en la edad de acceso ordinaria a dicha pensión”. Vulgo: aumentar la edad para acceder a la jubilación anticipada. ¿Hasta dónde? Esa pregunta no la responde el informe.
Para los otros dos parámetros, las propuestas son “la actualización [es decir, ampliación] del periodo mínimo de cotización exigido para acceder anticipadamente a la pensión de jubilación” y “ajustar los coeficientes reductores de la cuantía de la pensión [...] por la pérdida de las correspondientes cotizaciones sociales”.
También busca el Gobierno endurecer el acceso a la jubilación parcial. La ministra de Empleo, Fátima Báñez, explicó el viernes que, según sus conclusiones, esta modalidad de retiro no cumple la función para la que se creó: el retiro parcial de un trabajador antes de la edad legal de jubilación y su sustitución por un joven.
Como en el caso de la anticipada, la Seguridad Social también propone el retraso de la edad (61 años) para retirarse parcialmente y aumentar el periodo mínimo de cotización (25 años). Además, añade otras exigencias como subir el tiempo mínimo de duración del contrato de quien va a relevar al jubilado o que el importe final de la pensión varíe en función del coste de este tipo de jubilación para el sistema (2.704 millones al año).
Hay un segundo informe que persigue facilitar a los nuevos jubilados combinar el cobro de la pensión y que sigan trabajando. Justifica el Ejecutivo esta propuesta en que es una recomendación histórica del Pacto de Toledo y que, pese a ello, “siempre ha contemplado una fuerte rigidez en el ámbito de la compatibilidad entre la percepción de la pensión de jubilación y la realización de un trabajo”. Entre los incentivos que se pretenden introducir está la desaparición de “la obligación de cotizar”.
http://economia.elpais.com/economia/2012/10/31/actualidad/1351722198_490056.html