Los empresarios que impongan malas condiciones laborales podrán ir a prisión
Y esto en que narices se traduce?? me parece que es un bonito titular sin realmente ningun contenido novedoso detras.
Y esto en que narices se traduce?? me parece que es un bonito titular sin realmente ningun contenido novedoso detras.
en enlace correcto es este:
Es un truco anti-Gallardón, entre otras.
Hasta ahora, las infracciones en las relaciones laborales están en el orden social (magistratura). Desde el tasazo gallardónico, recurrir a magistratura tiene tasas judiciales. En cambio, recurrir al orden penal (los delitos), no tiene tasa.
Lo que propone una parte del PP es pasar cierta conflictividad laboral del orden social al orden penal. De esta manera:
a) la víctima se ahorra una tasa judicial
b) al delincuente se le asusta un poco más (no es lo mismo una infracción en la que solo deberás pagar, que quedar con antecedentes penales)
c) por en medio, se alarga el plazo de prescripción de los incumplimientos
la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!
25% de la población activa en paro..... Peores condiciones laborales que las impuestas por nuestros queridos gobernantes no pueden haber, y ¿ellos van a prisión?.
No sé los términos de la modificación, pero la regulación actual es :
TÍTULO XV.
DE LOS DELITOS CONTRA LOS DERECHOS DE LOS TRABAJADORES.
Artículo 311.
Serán castigados con las penas de prisión de seis meses a tres años y multa de seis a doce meses:
Los que, mediante engaño o abuso de situación de necesidad impongan a los trabajadores a su servicio condiciones laborales o de Seguridad Social que perjudiquen, supriman o restrinjan los derechos que tengan reconocidos por disposiciones legales, convenios colectivos o contrato individual.
Artículo 312.
1. Serán castigados con las penas de prisión de dos a cinco años y multa de seis a doce meses, los que trafiquen de manera ilegal con mano de obra.
2. En la misma pena incurrirán quienes recluten personas o las determinen a abandonar su puesto de trabajo ofreciendo empleo o condiciones de trabajo engañosas o falsas, y quienes empleen a súbditos extranjeros sin permiso de trabajo en condiciones que perjudiquen, supriman o restrinjan los derechos que tuviesen reconocidos por disposiciones legales, convenios colectivos o contrato individual.
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Si se suprime la magistratura de trabajo, se está dificultando la persecución de dichas conductas, porque a diferencia del ámbito penal, en lo social, la carga de la prueba no la tiene toda, quién acusa y donde se ganan las sentencias no es en el derecho sustantivo, sino en el PROCESAL.
No necesariamente utilizando el Codigo Penal para todo, se consigue una mayor penalización, sino lo contrario, porque el derecho penal y el procesal penal es bastante más garantista con el reo y porque el derecho penal se remite a la legislación laboral y la vulneración de los derechos laborales.
El problema principal de la justicia es de MEDIOS, no de cambios o modificaciones legislativas grandilocuentes que se conviertan en papel mojado en la práctica, con populismo y demagogia barata.
De todas formas, sigo pensando que es de los más "moderados" del partido y que a mi como funcionario, la legislación laboral y jurisdicción social me tendría que dar igual, a mi me afecta, la administrativa.
Un saludo