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Cómo devolver el dinero? - Ingreso mínimo vital

94 respuestas
Cómo devolver el dinero? - Ingreso mínimo vital
Cómo devolver el dinero? - Ingreso mínimo vital
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#47

Re: Cómo devolver el dinero? - Ingreso mínimo vital

Yo también llamé para avisar que cobraba la RAI, y otro año, avisé que iba a trabajar 3 meses. Y no me la pararon, he intentado guardar el dinero, pero este 2022 he tenido 0€ de ingresos, sólo los 290€ del IMV, y lo que había guardado!!!! Y seguro que tengo que devolver!!!
#48

Re: Cómo devolver el dinero? - Ingreso mínimo vital

Devolviste todo el dinero???? Te dieron facilidades?? A mí me la han quitado con la nueva actualización! Aunque avisé cuando empecé a cobrar la RAI y cuando trabajé 3 meses en el 2021. Aún no he recibido notificación, pero seguro que tendré que devolver.
#49

Re: Cómo devolver el dinero? - Ingreso mínimo vital

Y porque sabes que te la quitaron? Ya no te sale lo del certificado?
#50

Re: Cómo devolver el dinero? - Ingreso mínimo vital

Sólo me sale 50€ de la infancia., deduzco que me lo han quitado, algo que suponía ya, cuando hice la declaración de la renta del 2022. Mis ingresos superaban la renta garantizada que me correspondía. 
#51

Re: Cómo devolver el dinero? - Ingreso mínimo vital

El Instituto Nacional de la Seguridad Social podrá revisar de oficio, en perjuicio de los beneficiarios, los actos relativos a la prestación de ingreso mínimo vital, siempre que dicha revisión se efectúe dentro del plazo máximo de cuatro años desde que se dictó la resolución administrativa que no hubiere sido impugnada. Asimismo, en tal caso podrá de oficio declarar y exigir la devolución de las prestaciones indebidamente percibidas.

La entidad gestora, podrá proceder en cualquier momento a la rectificación de errores materiales o de hecho y los aritméticos, así como las revisiones motivadas por la constatación de omisiones o inexactitudes en las declaraciones del beneficiario, así como a la reclamación de las cantidades que, en su caso, se hubieran percibido indebidamente por tal motivo.

En supuestos distintos a los indicados en los párrafos anteriores, la revisión en perjuicio de los beneficiarios se efectuará de conformidad con la Ley 36/2011, de 10 de octubre, Reguladora de la Jurisdicción Social.

Cuando mediante resolución se acuerde la extinción o la modificación de la cuantía de la prestación como consecuencia de un cambio en las circunstancias que determinaron su cálculo y no exista derecho a la prestación o el importe a percibir sea inferior al importe percibido, los beneficiarios de la prestación vendrán obligados a reintegrar las cantidades indebidamente percibidas, mediante el procedimiento establecido en el Real Decreto 148/1996, de 5 de febrero, por el que se regula el procedimiento especial para el reintegro de las prestaciones de la Seguridad Social indebidamente percibidas y en el Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social.

Serán responsables solidarios del reintegro de las prestaciones indebidamente percibidas los beneficiarios y todas aquellas personas que en virtud de hechos, omisiones, negocios o actos jurídicos participen en la obtención de una prestación de forma fraudulenta. A los responsables solidarios se les podrá exigir el principal, los recargos e intereses que deban exigirse al primer responsable, y todas las costas que se generen para el cobro de la deuda.

En los supuestos anteriores, transcurrido el plazo de ingreso en periodo voluntario sin pago de la deuda, se aplicarán los correspondientes recargos y comenzará el devengo de intereses de demora, sin perjuicio de que estos últimos solo sean exigibles respecto del período de recaudación ejecutiva. En los supuestos que se determinen reglamentariamente, la entidad gestora podrá acordar compensar la deuda con las mensualidades del ingreso mínimo vital hasta un determinado porcentaje máximo de cada mensualidad.


#52

Re: Cómo devolver el dinero? - Ingreso mínimo vital

Los más vulnerables  se han embolsado 8.000€ 10.000€, INDEBIDAMENTE,  y que lo tengan que devolver nos parece una vergüenza?.. 
Al que no mintió en sus ingresos veras como no se los piden. 
#54

Re: Cómo devolver el dinero? - Ingreso mínimo vital

Encontre un grupo de facebook donde me estan ayudando para NO devolver NI un euro por cantidades indebidamente percibidas presentando demanda ante los Juzgados de lo Social https://www.facebook.com/groups/444033180998070
#55

Re: Cómo devolver el dinero? - Ingreso mínimo vital

Eso debería de ser
#56

Re: Cómo devolver el dinero? - Ingreso mínimo vital

Entonces si a mi m bajaron la cuantía en 2021 tengo devolver la diferencia ? Cuando presente mis ingresos dedidamwnte fuscalizados
#57

Re: Cómo devolver el dinero? - Ingreso mínimo vital

Si te la han bajado seguramente te reclamen cantidades 
#58

Re: Cómo devolver el dinero? - Ingreso mínimo vital

Devuelve lo que has cobrado sin trabajar. ¿El caso es intentar QUEDARTE con lo que no te pertenece? Así va el país. 
#59

Re: Cómo devolver el dinero? - Ingreso mínimo vital

Si, por una ley mal hecha. Y gente que solicitó mintiendo en sus ingresos, creyendo que el dinero de todos se lo podían apropiar sin responsabilidad posterior. 
#60

Re: Cómo devolver el dinero? - Ingreso mínimo vital

Una ley chapuza que en Italia ya la han tenido que eliminar. El dinero regalado no existe más que en lotería y pagando antes el décimo.