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Certificado rentas SEPE + IMV - Ingreso mínimo vital
Hola a tod@s. He buscado por los hilos del foro algún caso como el mío y he visto alguno similar pero, claro, cada uno tiene sus particularidades, por lo que me atrevo a entrar para exponerlo por si algun@ de vosotr@s supiera/quisiera orientarme. Desde ya lo agradezco.
Intentaré ser lo más escueto posible porque es un poco farragoso de explicar (o yo me pierdo en explicaciones, no sé).
La cosa es que he recibido notificación en la que me deniegan el IMV por superar el límite de ingresos.
Soy perceptor del subsidio para mayores de 52/55 años, aprobado el 11/01/2021 con efecto desde el 01/12/2020 (esto va a ser relevante). Presenté la solicitud para el IMV con fecha 01/02/2022 por internet sin certificado digital y fue aceptada, pero en ese momento me di cuenta que el SEPE emitía un certificado anual de rentas 2021 en el cual incluía la nómina correspondiente a diciembre 2020, es decir trece mensualidades, con lo cual quedaba fuera del derecho a percibir el IMV por lo que la Ley 19/2021 dice en su artículo 13.1 ya que con esos números la diferencia era menor a 10 euros.
Conseguí contactar con el SEPE (otra aventura) con el fin de que se corrigiera dicho certificado antes de que llegase a Hacienda y la persona que me atendió no sabía/no podía /no tenía autoridad para solucionar el desfase y me aconsejó que comunicase la incidencia a través de la pre=solicitud habilitada en su web. Así lo hice y a la vez conseguí también cita presencial con el INSS (milagro, porque a día de hoy es imposible) en la que además de aportar algún documento que faltaba en la solicitud también incluí en “Alegaciones” que había reclamado al SEPE los ingresos que se me atribuían en 2021.
Pasó el tiempo. A finales de marzo el SEPE me llamó por la incidencia y, resumiendo, no se podía corregir el certificado de rentas. Que le explicase al INSS el tema. En mayo hice la declaración del IRPF con los datos del SEPE 2021 (únicos ingresos percibidos).
Debo decir que seguro que algo he hecho yo mal, por error u omisión, como no haber corregido en el IRPF 2020 la no inclusión en el mismo de la mensualidad de diciembre, pero entonces ni se me pasaba por la cabeza que estas cosas sucedían.
Corto aquí el novelón, que podría seguir, pero esto es en esencia.
Así que no sé si una reclamación previa tendría posibilidades de prosperar o hacer una nueva solicitud por vulnerabilidad sobrevenida (que tampoco lo sé).
Intentaré ser lo más escueto posible porque es un poco farragoso de explicar (o yo me pierdo en explicaciones, no sé).
La cosa es que he recibido notificación en la que me deniegan el IMV por superar el límite de ingresos.
Soy perceptor del subsidio para mayores de 52/55 años, aprobado el 11/01/2021 con efecto desde el 01/12/2020 (esto va a ser relevante). Presenté la solicitud para el IMV con fecha 01/02/2022 por internet sin certificado digital y fue aceptada, pero en ese momento me di cuenta que el SEPE emitía un certificado anual de rentas 2021 en el cual incluía la nómina correspondiente a diciembre 2020, es decir trece mensualidades, con lo cual quedaba fuera del derecho a percibir el IMV por lo que la Ley 19/2021 dice en su artículo 13.1 ya que con esos números la diferencia era menor a 10 euros.
Conseguí contactar con el SEPE (otra aventura) con el fin de que se corrigiera dicho certificado antes de que llegase a Hacienda y la persona que me atendió no sabía/no podía /no tenía autoridad para solucionar el desfase y me aconsejó que comunicase la incidencia a través de la pre=solicitud habilitada en su web. Así lo hice y a la vez conseguí también cita presencial con el INSS (milagro, porque a día de hoy es imposible) en la que además de aportar algún documento que faltaba en la solicitud también incluí en “Alegaciones” que había reclamado al SEPE los ingresos que se me atribuían en 2021.
Pasó el tiempo. A finales de marzo el SEPE me llamó por la incidencia y, resumiendo, no se podía corregir el certificado de rentas. Que le explicase al INSS el tema. En mayo hice la declaración del IRPF con los datos del SEPE 2021 (únicos ingresos percibidos).
Debo decir que seguro que algo he hecho yo mal, por error u omisión, como no haber corregido en el IRPF 2020 la no inclusión en el mismo de la mensualidad de diciembre, pero entonces ni se me pasaba por la cabeza que estas cosas sucedían.
Corto aquí el novelón, que podría seguir, pero esto es en esencia.
Así que no sé si una reclamación previa tendría posibilidades de prosperar o hacer una nueva solicitud por vulnerabilidad sobrevenida (que tampoco lo sé).