Acceder

Ingreso Mínimo Vital y alquiler una vivenda

19 respuestas
Ingreso Mínimo Vital y alquiler una vivenda
2 suscriptores
Ingreso Mínimo Vital y alquiler una vivenda
Página
1 / 2
#1

Ingreso Mínimo Vital y alquiler una vivenda

Vivo en piso compartido y acabo de solicitar el ingreso mínimo vital, pero tengo que mudarme y pienso en alquiler una vivienda (sería el contratado/inquilino yo). Pierdo el derecho a recibir el ingreso mínimo vital si alquilo una vivienda  por 950 euros?  Hay umbral respecto a esto?

Y en una pregunta relacionada, en esta situación pierdo el derecho si subalquilo una de las dos habitaciones?

Gracias.
#2

Re: Ingreso Mínimo Vital y alquiler una vivenda

Supongo que  tendrás q notificar el cambio d domicilio , o no ? Que pasa si te mudas al mismo distrito y no notificas, lo sabes ?por casualidad gracias .Un saludo 
#3

Re: Ingreso Mínimo Vital y alquiler una vivenda

Pagar un alquiler no afecta al IMV. 
Pero tendrás que informar del cambio de domicilio. 
#4

Re: Ingreso Mínimo Vital y alquiler una vivenda

Preferiría seguir siendo empadronado donde estoy actualmente de verdad. En realidad va a saber del cambio de dirección si no lo comunico?  Las empresas inmobiliarias y propietarios comunican a la Seguridad Social los nombres/DNI de los inquilinos así? 
#5

Re: Ingreso Mínimo Vital y alquiler una vivenda

Tú sabrás lo que haces. 
Si no cambias tu padrón, las comunicaciones te van a llegar al antiguo edificio. Incluyendo las notificaciones que han de ser firmadas personalmente. 
En el momento en el que el casero declare el alquiler a Vivienda o la fianza al órgano competente de su CCAA, e incluya los datos del alquiler en Hacienda, ésta última va a saber que vives en el nuevo emplazamiento. 
Y el INSS se nutre de los datos que le arroja Hacienda. 
No haber comunicado el cambio de circunstancias dentro de los 30 días desde que se produjo el mismo, puede llevar  la suspensión del IMV y a la reclamación de cantidades indebidas y/o multas. 

#6

Re: Ingreso Mínimo Vital y alquiler una vivenda

Tú sabrás lo que haces. 
Si no cambias tu padrón, las comunicaciones te van a llegar al antiguo edificio. Incluyendo las notificaciones que han de ser firmadas personalmente. 
En el momento en el que el casero declare el alquiler a Vivienda o la fianza al órgano competente de su CCAA, e incluya los datos del alquiler en Hacienda, ésta última va a saber que vives en el nuevo emplazamiento. 
Y el INSS se nutre de los datos que le arroja Hacienda. 
No haber comunicado el cambio de circunstancias dentro de los 30 días desde que se produjo el mismo, puede llevar  la suspensión del IMV y a la reclamación de cantidades indebidas y/o multas. 

En el caso de que estos datos no los declarara tu casero: sí, Hacienda puede hacer inspecciones periódicas a las empresas inmobiliarias para saber qué está actualmente alquilado pero no les consta. 


#7

Re: Ingreso Mínimo Vital y alquiler una vivenda

Preferiría seguir donde estoy empadronado actualmente porqué ha sido necesario solictar informe de la Seguridad Sociales para acreditar que no tengo vínculo familiar con las personas que viven en el piso donde estoy empadronado. Si mudo, tendría que volver a hacer lo mismo con los servicios sociales para la nueva dirección.

Alguien puede confirmar si la Seguridad Social va a saber si me mudo?

#8

Re: Ingreso Mínimo Vital y alquiler una vivenda

Hay seccion en las declaraciones de la renta donde los caseros se incluye el nombre/NIE de las personas que alquilen una vivenda?  Así para todas las viviendas alquiladas por los inobiliarios también?

#9

Re: Ingreso Mínimo Vital y alquiler una vivenda

¿Te has leído los deberes y obligaciones que suscribiste con la seguridad social al aceptar cobrar el imv?
Además de sellar el paro y hacer tú declaración de la renta anual, te comprometiste por escrito a informar de cualquier cambio que afecte al cobro de la prestación, incluido el cambio de domicilio.
Claro que la seguridad social, Hacienda o quien corresponda van a saber que vives en otro emplazamiento, estés o no empadronado en el. Porque, como te ha explicado @unlucky22, tu casero está obligado a informar de tal hecho.
Mi consejo es que hagas las cosas bien e informes del cambio de domicilio antes de 30 días, para evitar sanciones y devoluciones futuras... pero es tu vida y eres libre de hacer lo que quieras 🤷
#10

Re: Ingreso Mínimo Vital y alquiler una vivenda

Usted está pidiendo ayuda a otros para que la asesoren de una cosa que está dentro de la ilegalidad. No se de donde es, pero en Europa por obligación; las personas deben y tienen la obligación de estar empadronados donde viven. 
#11

Re: Ingreso Mínimo Vital y alquiler una vivenda

O sea, los caseros y inmobiliarias estan obligadas a incluir en su declaración de la renta, el nombre y NIE de todas las personas con quien tienen contrato?  Esta seguro de eso? 
#12

Re: Ingreso Mínimo Vital y alquiler una vivenda

De acuerdo con el artículo 15.1 de la Ley 7/1985, Reguladora de las Bases del Régimen Local, todo español o extranjero que viva en territorio español deberá empadronarse en el municipio en que resida habitualmente. Quien viva en varios municipios deberá inscribirse en el que habite durante más tiempo al año.
https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-1995-21553

Yo trabajé hace unos años en servicios sociales de mi ayuntamiento, tanto en atención sociosanitaria en domicilios como acompañando a las trabajadoras sociales a las viviendas para la tramitación de los expedientes de ayuda a la dependencia. 

Te comento, en muchas ocasiones servicios sociales se encuentra con casos de empadronamientos fraudulentos en domicilios donde no se reside, teniendo dichos empadronamientos diferentes objetivos como conseguir una plaza de colegio para un niño, acceso a centros de salud determinados, etc.
Inscribirse en el padrón es una práctica sencilla, basta con acudir al ayuntamiento y rellenar un formulario. Lo legal es que una persona figure en el padrón del municipio en el que reside, pero puede que haya intereses, como te he dicho antes, para empadronarse en un domicilio diferente, bastará con la autorización del titular de la vivienda para que pueda empadronarse en esa vivienda (amigo, familiar, etc).
Esta práctica ES SANCIONABLE, aunque la sanción es insignificante, ya que no está debidamente actualizada la ley. Hablamos de sanciones por falsedad u omisión de datos en el padrón (Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Población y Demarcación de las Entidades Locales).
Además, el Código Penal, en su artículo 392, contempla para las personas que cometan falsedad en documento público penas de cárcel de entre seis meses y tres años. En la mayoría de los casos, no obstante, la condena se queda en el pago de una multa si no se cuenta con antecedentes penales.

En cuanto a las normas municipales, los inquilinos deben aportar EN TODO CASO el contrato de arrendamiento al ayuntamiento para que proceda a su empadronamiento. Así que tú verás .
Siempre puedes pedir cita en tu municipio y consultárselo al funcionario del registro, pero te va a decir lo mismo que yo o algo muy parecido 👍
#13

Re: Ingreso Mínimo Vital y alquiler una vivenda

Este artículo también responde a tu pregunta:
"Los inspectores visitan agencias inmobiliarias para recabar información de sus carteras de inmuebles en alquiler, titulares, inquilinos, medios de pago, etc. Todos estos datos son contrastados con los que tiene la Agencia Tributaria".
https://violaperez.com/blog/2020/11/25/hacienda-alquiler-no-declarado/
#14

Re: Ingreso Mínimo Vital y alquiler una vivenda

Subalquilar siendo inquilina está prohibido.
#15

Re: Ingreso Mínimo Vital y alquiler una vivenda

Hola. No quiero responder, lo que quiero es hacer una consulta, pero no veo la opción. Necesito alquilar una vivienda y, como no tengo nómina, no hay manera. Cobro el IMV. Me piden alquilarla a nombre de un tercero, pero no puedo. Cómo podría hacerlo? Gracias!