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Información básica para solicitar la ley de dependencia - Ingreso mínimo vital
Yo solicité la ley de dependencia para mí abuela durante el coronavirus, pero murió semanas antes de concedersela. Además soy técnico sociosanitario de profesión, así que voy a explicaros paso a paso cómo se resuelve la solicitud de las prestaciones de la ley de dependencia, por si os sirve de ayuda.
Paso 1: solicitud y evaluación
En primer lugar, es necesario solicitar la evaluación del mayor a la autoridad competente de la comunidad autónoma correspondiente. El fin de esta evaluación es determinar el grado y el nivel de dependencia del paciente.
Tras rellenar correctamente los formularios, se entregan en la Administración correspondiente junto con el informe médico del paciente, quedando a la espera para la visita del profesional que determinará el grado y nivel de dependencia del mayor.
Paso 2: obtención de la acreditación de grado y nivel
El profesional de la Administración visita al mayor y valora tanto su grado como su nivel de dependencia. Una vez hecha esta valoración, la Administración envía una carta con la resolución tomada acerca del grado de dependencia y su nivel. Esta acreditación de grado y nivel es válida para todo el Estado español, independientemente de la comunidad desde la que se haya solicitado.
Paso 3: solicitud del PIA y resolución
A continuación es necesario solicitar el Programa Individual de Atención (PIA) con los servicios y las prestaciones económicas que desean recibir. Esta solicitud se presenta en la administración correspondiente de cada comunidad autónoma. Será un profesional de la Administración quien aconseje sobre los servicios y prestaciones que están disponibles, de manera que se escojan aquellas que mejor encajen con las necesidades particulares de cada uno.
Tras esto, queda esperar a que la Administración conceda la aprobación de la solicitud que se ha presentado.
Paso 4: obtención de servicios y/o prestaciones
Una vez aceptada la solicitud por parte de la Administración, queda solicitar los servicios y/o las prestaciones que establece la ley de dependencia y que mejor encajan con las necesidades del mayor en cuestión. Tras este trámite, es necesario esperar a la adjudicación de los servicios. Este proceso puede tardar entre los 4 y los 6 meses, aunque es de carácter retroactivo a partir del momento en que se aprueba la solicitud de servicios y/o prestaciones.
Cada comunidad autónoma tiene sus tiempos en la concesión de este derecho:
Según los datos de la Asociación de Directores y Gerentes de Servicios Sociales, en País Vasco, Navarra y Castilla y León en menos de un año desde que inicias el proceso estarás usando el servicio o prestación reconocida. El País Vasco, con 137 días de tramitación está a la cabeza, seguido de Navarra, donde tardan 155 días y Castilla y León, donde tardan 188 días de media para asignarte un servicio o prestación.
Paso 1: solicitud y evaluación
En primer lugar, es necesario solicitar la evaluación del mayor a la autoridad competente de la comunidad autónoma correspondiente. El fin de esta evaluación es determinar el grado y el nivel de dependencia del paciente.
Tras rellenar correctamente los formularios, se entregan en la Administración correspondiente junto con el informe médico del paciente, quedando a la espera para la visita del profesional que determinará el grado y nivel de dependencia del mayor.
Paso 2: obtención de la acreditación de grado y nivel
El profesional de la Administración visita al mayor y valora tanto su grado como su nivel de dependencia. Una vez hecha esta valoración, la Administración envía una carta con la resolución tomada acerca del grado de dependencia y su nivel. Esta acreditación de grado y nivel es válida para todo el Estado español, independientemente de la comunidad desde la que se haya solicitado.
Paso 3: solicitud del PIA y resolución
A continuación es necesario solicitar el Programa Individual de Atención (PIA) con los servicios y las prestaciones económicas que desean recibir. Esta solicitud se presenta en la administración correspondiente de cada comunidad autónoma. Será un profesional de la Administración quien aconseje sobre los servicios y prestaciones que están disponibles, de manera que se escojan aquellas que mejor encajen con las necesidades particulares de cada uno.
Tras esto, queda esperar a que la Administración conceda la aprobación de la solicitud que se ha presentado.
Paso 4: obtención de servicios y/o prestaciones
Una vez aceptada la solicitud por parte de la Administración, queda solicitar los servicios y/o las prestaciones que establece la ley de dependencia y que mejor encajan con las necesidades del mayor en cuestión. Tras este trámite, es necesario esperar a la adjudicación de los servicios. Este proceso puede tardar entre los 4 y los 6 meses, aunque es de carácter retroactivo a partir del momento en que se aprueba la solicitud de servicios y/o prestaciones.
Cada comunidad autónoma tiene sus tiempos en la concesión de este derecho:
Según los datos de la Asociación de Directores y Gerentes de Servicios Sociales, en País Vasco, Navarra y Castilla y León en menos de un año desde que inicias el proceso estarás usando el servicio o prestación reconocida. El País Vasco, con 137 días de tramitación está a la cabeza, seguido de Navarra, donde tardan 155 días y Castilla y León, donde tardan 188 días de media para asignarte un servicio o prestación.
Le siguen en eficacia en la gestión Cantabria, 242 días, y Castilla-La Mancha, 245 días. Baleares, 269 días, Madrid, 297, la Rioja, 308, y Aragón, 364, también bajan de un año desde que empiezas a tramitar tu solicitud hasta que se reconoce una prestación o servicio.
Galicia (371), Murcia (483), Valencia (511), Cataluña (520), y Asturias (576 días), están en la media de la tabla con más de un año de trámites. Y los españoles que más tardan en acceder a los servicios son los extremeños (693 días), andaluces (699) y cierran esta clasificación los canarios, que tardan 923 días en que se les reconozca un servicio o prestación.