se procederá a la suspensión cautelar en el caso de traslado al extranjero por un periodo, continuado o no, superior a noventa días naturales al año, sin haber comunicado a la entidad gestora con antelación el mismo ni estar debidamente justificado.
Ley 19/2021, de 20 de diciembre, por la que se establece el ingreso mínimo vital.
Lo del tema del trabajo fuera lo desconozco.
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Re: Si quiero viajar fuera de España 1 mes tengo que comunicarlo - Ingreso mínimo vital
Menos de 90 días ,ejemplo 20 días para visitar a un familiar que vive fuera de España ¿tengo que comunicarlo a la seguridad social?
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Re: Si quiero viajar fuera de España 1 mes tengo que comunicarlo - Ingreso mínimo vital
Lo pone en la ley me remito a ella y la puedes leer lo que pone superior dentro del año a 90 días si, si es menor por lógica no. En consecuencia por ejemplo 20 no.
Lo único estar pendiente de renovar la demanda de empleo para renovarla, telemáticamente se puede, y presentar la declaración de hacienda cuyo plazo este año empieza el 11 de abril.
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Re: Si quiero viajar fuera de España 1 mes tengo que comunicarlo - Ingreso mínimo vital
Muchas gracias por responder un saludo
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Re: Si quiero viajar fuera de España 1 mes tengo que comunicarlo - Ingreso mínimo vital