Una vez revisado el IMV que te corresponde con base en la última declaración de la renta presentada, el IMV mensual puede quedarse como está (su importe me refiero), subirte o bajarte, y su aplicación inmediata es que el siguiente pago mensual que recibas ya estará ajustado a dicho cálculo.
Si el IMV te baja, habrás generado DEUDA POR COBROS INDEBIDOS (es decir, la Seguridad Social te ha pagado desde enero de este año unas cifras SUPERIORES a lo que te corresponden) así que te reclamarán que se lo devuelvas más adelante (o no, porque si aplican el nuevo sistema de INCENTIVOS igual no te toca devolver nada, pero eso es otra película), y si te sube, pues enhorabuena porque tendrás derecho al abono de ATRASOS que ya te los liquidarán el año siguiente o cuando ellos dispongan... no hay fechas ni periodos concreto para reclamarte / abonarte una cosa u otra, aunque ahora intentan hacerlo antes de que transcurra un año (de hecho en abril de este 2023 abonaron los atrasos de la actualización de finales de 2022 a la vez que empezaron a reclamar cobros indebidos "cogiéndolos" directamente del IMV de cada uno o bien reclamando el pago total del importe adeudado).