La unidad de convivencia no debe superar el 300% de la renta garantizada y el 150% del límite de patrimonio establecidos para el IMV
Además, no debe superar 6 veces la renta garantizada de un adulto, o el incremento que corresponda para la unidad de convivencia según lo establecido en el Anexo III de la Ley 19/2021 (Test de activos)
Como te ha dicho Sonia puedes calcularlo. También otra manera fácil, es sumarle un 6'9% al limite de renta de 2023.