Tienes que sumar los ingresos de tu pareja más los tuyos, así como los del bebe en el caso de que su padre no sea tu pareja y reciba una pensión de alimentos. Si te pasas del máximo del IMV (en 2022 para dos adultos y un menor eran 774,42 euros mensuales, que son 9293,04 anuales) pues ya no te conceden IMV, tan solo el complemento a la infancia, como parece ha sido tu caso.
Nada más que la suma de TODOS vuestros ingresos, ayudas, subsidios y prestaciones obtenidas en 2022 superen dicha cifra de los 9293,04 euros anuales, estás fuera del IMV y solo te conceden el complemento a la infancia (si no superes umbrales de patrimonio), como parece ha sido vuestro caso.
También puede ocurrir que aunque no hayas superado ingresos, si lo hayas hecho en patrimonio para el IMV aunque no en patrimonio para el complemento a la infancia... todo eso te lo indica la carta y sin verla, pues poco más se puede indagar.