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Herencia menor de edad - Ingreso mínimo vital

18 respuestas
Herencia menor de edad - Ingreso mínimo vital
Herencia menor de edad - Ingreso mínimo vital
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#16

Re: Herencia menor de edad - Ingreso mínimo vital

Y dale Perico al torno... te vuelvo a repetir que una herencia no es un ingreso de cara el IRPF, es un incremento de patrimonio por ganancia patrimonial... en todo caso declararías como rendimientos de cara al IRPF los beneficios económicos obtenidos por los bienes heredados (o sea, si recibes los 7500 euros en tu cuenta y estos te generan cien euros de intereses, pues dichos cien euros de intereses sí que saldrían reflejados de cara al IRPF 2024, pero nada más) y que por el importe que hablamos de tan solo 7500 euros no te tiene que afectar en nada.

Infórmate adecuadamente.

Otro supuesto sería que, percibiendo el IMV, recibieras una vivienda y/o 50.000 euros en efectivo, que ahí sí que saltarías los umbrales ... pero ¿por 7500 euros nada más? 🤦‍♂️ ... por favor... si hay vuelos en Quatar Airlines ida y vuelta que son muchísimo más caros 😔
#17

Re: Herencia menor de edad - Ingreso mínimo vital

Buenos días.

Ayer ya tuve la cita en la SS. Me atendió un chico bastante majo, él me dijo que a herencia se considera ingresos, me hizo el cálculo de lo que me iban a restar en la mensualidad del IMV. También a última hora llamo por teléfono a una compañera, y ella dijo que no eran ingresos si no patrimonio.

En fin, que no se ponen de acuerdo ni entre ellos, y eso que fui a la delegación especializada en IMV.

Cuando cobre la herencia aviso a la SS? O directamente paso y me quedo con que es patrimonio y ya harán sus cálculos en Enero?. El cualquier caso, si me restan el dinero mensual pondré una reclamación declarando que es patrimonio, pero por lo visto todo depende del funcionario de turno que no se entera de nada.

Gracias a todos los que me habéis ayudado por aquí.
#18

Re: Herencia menor de edad - Ingreso mínimo vital

No tienes que informar... A finales de año ellos cruzan datos 
#19

Re: Herencia menor de edad - Ingreso mínimo vital

Es lo que pienso yo, y lo lógico. Pero también me han tocado 2 de la SS (vía telefónica) que me han dicho que tengo obligación de comunicarlo en 30 días después de haber cobrado.

Es que para dos cosas que tienen que tener claras, y más en casos de pobreza extrema, no tienen ni idea, es increíble. No me quiero imaginar las personas que igual no saben buscar la información o no tienen posibilidad de contactar con abogado…
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