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Sobre la condonación parcial de deuda autonómica
Para posibilitar la investidura de Pedro Sánchez, ERC y el PSOE suscribieron un acuerdo en el que se pactó que (sic) “se procederá a tramitar una modificación legal de alcance general para todas las Comunidades Autónomas de régimen común que permita la asunción por parte del Estado de parte de la deuda autonómica con éste”.
Según el Ministerio de Hacienda, la acción del Gobierno Central frente a la crisis financiera no fue adecuada y ello generó un sobreendeudamiento de las CCAA de 80.310 millones a través de mecanismos como el Fondo de Liquidez Autonómico con el que el Estado prestaba a las administraciones autonómicas, quienes no podían acudir a los mercados o lo tenían que hacer en condiciones muy onerosas.
Con estos antecedentes, el pasado 26 de febrero, el Consejo de Política Fiscal y Financiera, con el abandono en bloque y previo a la votación de los representantes de las CCAA del Partido Popular, aprobó una propuesta del Ministerio de Hacienda de condonación de deuda que parte del reparto del 75% del monto total citado entre las distintas CCAA en función de la media de su población durante un determinado número de años (ponderada por ciertos criterios como, por ejemplo, número de mayores de 65 años). El resultado es de 1.369€ por habitante lo que representa que, por ejemplo, a la Comunidad de Galicia se le condonarían 4.010 millones.
Además, se hace un ajuste para que el porcentaje de lo perdonado a nivel de CCAA respecto de su deuda total sea, al menos, igual a la media de este parámetro para el conjunto de las CCAA que resulta ser del 19,33%. Esta maniobra supone una mejora relevante para la Comunidad Valenciana que pasa a una quita de 2.284€ por habitante y algo inferior para Cataluña (2.220€ por habitante). Tras lo anterior, a las CCAA que han tenido una financiación inferior a la media en un determinado lapso de años se les hace un ajuste para que alcancen el valor máximo de quita por habitante. Con esta segunda actuación Andalucía, Castilla-La Mancha y Región de Murcia consiguen una posición por habitante igual a la de Valencia. Hay otro ajuste menos trascendente por su cuantía, que entre otras CCAA beneficia a Cataluña, y que no comento.
En conclusión, el relato argumental de la quita y la metodología aplicada para su concreción derivan, a mi juicio, en una vulneración del principio constitucional de no discriminación, en este caso económica y por razón de residencia (recogido en los art. 14.2 y 31.2 de la CE), puesto que a un gallego se le condonan 1.369€, mientras que a un catalán o a un andaluz se le perdonan 2.284€. También es palmario que, desde el punto de vista de la igualdad como atributo básico del sistema de asignación de los recursos públicos, no es dable la diferencia de trato por habitante de CCAA a que da lugar el fijar como mínimo de quita el promedio estadístico del 19,33%.
Dado que ERC impuso la condonación parcial para todas las CCAA de régimen común (sin exigir un trato desigual), su interés especial en la operación podría estar en que de materializarse la ensoñación secesionista de la independencia de Cataluña (fin lícito) siguiendo procesos al margen de la Constitución (medios delictivos; recuérdese el aviso de alguno de los sediciosos amnistiados de “ho tornarem a fer”), tendría cierto reconocimiento internacional el pregonar que se pagaría la deuda existente “con” España, que si saliera adelante la propuesta aprobada se verá reducida en 17.104 millones, ya que es más que sabido que no se asumiría parte alguna de la deuda nacional.