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Duda con generación de cobros indebidos en caso de renuncia - Ingreso mínimo vital

13 respuestas
Duda con generación de cobros indebidos en caso de renuncia - Ingreso mínimo vital
Duda con generación de cobros indebidos en caso de renuncia - Ingreso mínimo vital
#1

Duda con generación de cobros indebidos en caso de renuncia - Ingreso mínimo vital

Buenas tardes a todos, abro este tema dado que por la extensión y particularidad de la consulta temo que se pierda en alguno de aquellos en los que pudiera encajar.

La duda de manera muy resumida sería la siguiente:

¿Se pueden generar cobros indebidos tras dar de baja y haber dejado ya de percibir mensualidades del IMV?

Y ahora procedo a explicar de manera más detallada la situación. Yo soy receptor del IMV, en lo que va de año llevo percibidas las pensiones correspondientes hasta el mes de mayo cómo es obvio, unos 3290€ a la razón de 658 € al mes, aproximadamente, para mi unidad de convivencia, que soy yo mismo, se determina una renta anual de 7900€. Hasta ahora yo he cobrado cerca de la mitad de lo que me corresponde cobrar al año, a fecha de hoy no habría generado deuda alguna al no haber cobrado indebidamente cantidad alguna, si yo me doy de baja ahora mismo y en Julio ya no percibiese renta alguna y comenzase a trabajar, haciéndolo lo que resta de año: ¿Generaría deuda ya que las cantidades percibidas por el IMV y el sueldo superarían la renta anual gantizada o al haberme dado de baja previamente ya no se contabilizarían esos ingresos posteriores?

Por más que he leído temas sobre cobros indebidos y renuncias del IMV no he encontrado respuesta a esta duda específica.

Espero haberme explicado bien y aprovecho para daros las gracias de manera anticipada por vuestra ayuda.
#2

Re: Duda con generación de cobros indebidos en caso de renuncia - Ingreso mínimo vital

 ¿Se pueden generar cobros indebidos tras dar de baja y haber dejado ya de percibir mensualidades del IMV? 
Si, cuando hacen referencia a periodos en los que has percibido el IMV y este se ajusta a la baja... te pongo un ejemplo: cobras IMV desde 2023 y ahora en junio 2025 que venías cobrando 600€/mes decides darte de baja; pues cuando te revisen con IRPF 2024 este año en unos meses, si determinan que en 2025 tenías que haber estado cobrando un IMV inferior a lo percibido (supongamos que te dicen debían ser 400€/mes en lugar de 600€/mes), esa diferencia percibida de más en estos meses de 2025 te los reclamarán más adelante que los devuelvas (200€ por cada mes de 2025 que cobraste un IMV superior).

El problema además es que no te notificarían el ajuste de IMV realizado (porque si nos lo hacen a todos en octubre, tú, como ya no cobras IMV en esas fechas, ni te enteras de lo que te correspondería de IMV una vez ya revisado) y solo te notificarían más adelante dicha deuda, más o menos dentro de un par de años, reclamándote el abono directo completo de la misma... por eso posiblemente el mejor momento para dar de baja el IMV sería tras dicha revisión, cuando tienes la certeza de que te han pagado mes a mes lo que corresponde, o bien darlo de baja en diciembre, claro.
#3

Re: Duda con generación de cobros indebidos en caso de renuncia - Ingreso mínimo vital

Te lo ha explicado muy bien Riteckg,pero por añadir algo.
Si tú estás seguro que lo cobrado en 2025 hasta mayo era efectivamente lo que te correspondía y luego en junio por ejemplo te das de baja,no tendrías cobros indebidos..pero..
Como sabes que lo que cobras hasta mayo de 2025 es lo que realmente te corresponde?.
Eso se sabrá con seguridad en la actualización de octubre que sabrán con seguridad tus ingresos de 2024 .
Si en esa actualización estiman que durante esos meses debías de haber cobrado menos de los 658 que cobras, si tendrías cobros indebidos.
Si estiman que esos 658 que cobras hasta mayo es lo que te correspondían no tendrías cobros indebidos.
Por último,piensa que aunque trabajes podrías tener derecho al incentivo al empleo y quizás no perdieses el imv.
#4

Re: Duda con generación de cobros indebidos en caso de renuncia - Ingreso mínimo vital

Lo primero muchas gracias por tu respuesta ritekg5, creo entender lo que me dices pero no estoy seguro que sea a lo que me refiero. Yo llevo cobrando el IMV desde 2023, sin haber tenido más ingresos que ese mismo IMV, percibiendo cada mes las cantidades que yo ya conocía previamente por cada una de las notificaciones, he hecho la declaración de la renta de este ejercicio 2024 y me han enviado la notificación en la que me informan que de acuerdo con la información tributaria provisional de este 2024 me corresponde lo que estoy cobrando.

En resumen yo estoy cobrando lo que me corresponde y eso me dirían en la actualización de octubre, más que nada porque no hay otras variables a contemplar, ingreso única y exclusivamente lo que me asigna la SS a través del IMV, puede bailar unos euros año a año por un plazo fijo.

Mi duda no es si a día de hoy estoy cobrando "más de lo que debiera" y que me lo vayan a pedir en unos años, mi duda es que pasa si yo me doy de baja ahora y trabajo el resto del año, lo que no sé en resumidas cuentas es si a futuro la SS va a mirar el dinero que a mi entró en 2025, el imv que me correspondía los meses que estuve dado de alta mñás luego las nóminas cobradas el resto del año aunque ya no cobrase el ingreso por haber renunciado a él o si por el contrario lo que se mira es si hay deudas mientras se está dado de alta.

La duda me asalta porque se te asigna una renta por año y todo lo que se exceda de la misma y no esté sujeta al incentivo al trabajo se te exigirá de vuelta.
#5

Re: Duda con generación de cobros indebidos en caso de renuncia - Ingreso mínimo vital

Gracias a tí también Cmjk9, creo que tú sí has respondido más en la línea de mi duda.
Yo sé o creo saber que no he generado cobros indebidos a día de hoy, o mejor dicho, esos cobros indebidos no me preocupan, me preocupa darme de baja ahora en junio, trabajar el resto del año pensando que eso no afectará a lo cobrado hasta ahora porque ya me habría dado de baja y que luego me pidan todo lo cobrado en 2025.
#6

Re: Duda con generación de cobros indebidos en caso de renuncia - Ingreso mínimo vital

Si te das de baja ya no te influirían porque estos ingresos de 2025 se tendrían en cuenta en la declaración del año que viene y los generarías a partir de estar de baja en el imv.
Pero ya te digo que haz números pues podrías no perder el imv aunque trabajes desde junio hasta finales de 2025,debido al incentivo al empleo ( habría que ver tus ingresos en 2024 y 2025)
#7

Re: Duda con generación de cobros indebidos en caso de renuncia - Ingreso mínimo vital

Si te das de baja ahora y el resto del año curras, no pasa nada con el IMV ni deben reclamarte nada si es como cuentas (sin ingresos del año pasado 2024).

Ahora bien, como te ha comentado el compañero, puede que tus ingresos por trabajo que obtengas este 2025 no hagan que te baje la cuantía del IMV demasiado allá por 2026 cuando te revisen el IMV de nuevo, gracias a que en tu caso se te aplicaría el sistema de incentivos al empleo del IMV y te verías bonificado de parte de los importes a devolver, suponiendo que tu trabajo de este año 2025 sea una cosa normalita y no sea un sueldo de director de área con cuatro o cinco mil euros mensuales de nómina ¿comprendes?.

Tú haz lo que quieras, pero personalmente yo no renunciaría al IMV al menos hasta el año que viene por diciembre, aún a pesar de que producto de dicha revisión tuviese que devolver algo de IMV cobrado en 2026 más adelante, ya que con un poco de vista puedes dejarte en una cuenta remunerada todo lo que obtengas de IMV y tirar el día a día de tus ingresos del trabajo y cuando te pidan devolverlo dentro de unos años hacerlo de golpe e incluso habrías obtenido una diferencia en intereses bancarios a tu favor, pero bueno cada uno sabe sus cuentas.
#8

Re: Duda con generación de cobros indebidos en caso de renuncia - Ingreso mínimo vital

Lo que sucede es que es que una vez que empiece, por fortuna, no dejaré ya de trabajar, es una bolsa de empleo público a la que accedí a través de una oposición así que una vez que me llamen, ya sea más largo o más corto el contrato, ya no pararé, por lo que según mis cálculos me comería el incentivo por empleo y mucho me temo que tuviera que devolver la totalidad de la ayuda de este año ya que para más inri voy a cobrar 7000€ en atrasos de los años 22 y 23, espero que ya esté mes de junio, que esa va a ser otra historia por alguna experiencia que he leído por aquí por aquello de superar 1,5 veces el iprem.

¡Gracias a los dos!
#9

Re: Duda con generación de cobros indebidos en caso de renuncia - Ingreso mínimo vital

Pues en ese caso si yo fuese tú cobraría el IMV este año como siempre mes a mes y en noviembre o diciembre a lo más tardar renunciaba al mismo.
#10

Re: Duda con generación de cobros indebidos en caso de renuncia - Ingreso mínimo vital

Lo de superar en 1'5 veces el IPREM por ese cobro de atrasos del IMV no te librarás, pero eso ya se verá en IRPF 2025 cuando lo hagas el año que viene... todo lo más tendrás que declarar el exceso de 12.600 € del IMV como ingresos (es decir, si en 2025 cobras 14.000 euros en total de IMV incluyendo esos atrasos, pues 1400 euros van a rendimientos del trabajo en dicho IRPF 2025 cuando lo hagas el año que viene)
#11

Re: Duda con generación de cobros indebidos en caso de renuncia - Ingreso mínimo vital

Sobre los ingresos por atrasos:
Puedes presentar alegaciones ante hacienda explicando que aunque cobres esos 7000 euros en 2025, corresponden a ejercicios fiscales anteriores ( una parte de ellos) y que te especifiquen que cantidad corresponde a este ultimo ejercicio fiscal.
Sobre el incentivo al empleo:
No te lo comes.
Imagina que en 2024 tus ingresos fueron 3000 euros y en 2025 van a ser 6000 ( es un ejemplo).
Tu incentivo sería de 3000 euros , que se restaría a lo ganado en 2025 ( 6000 - 3000 = 3000).
De tu renta garantizada de 7905 se resta 3000 y queda 4905 que divides entre 12 y ese sería tu imv.
Como seguramente te baje el imv si tendrías cobros indebidos ( lo que te baje multiplicado por 4 si siguen actualizando en mayo).
Pero en 2025 tendrías ingresos de todo lo que hayas ganado trabajando más lo que te quede de imv.
Yo no renunciaría al imv, pero ya eres tú quién debe hacer sus cuentas y decidir lo mejor.
Suerte.
#12

Re: Duda con generación de cobros indebidos en caso de renuncia - Ingreso mínimo vital

Gracias de nuevo a ambos por vuestras respuestas.

Lo de alegar que los 7000€ de atrasos no corresponden al ejercicio de 2025 sino que deben de ser tenidos en cuenta para los períodos de los que salen ya lo había leído aquí en el foro de un compañero que lo ha reclamado, lo tenía en cuenta.

Me da la sensación por lo que me comentáis de que no debo de estar interpretando correctamente como computan los ingresos por rendimiemtos del trabajo de cara al IMV, yo este años si no me doy de baja cobraría 7896€ (658x12 y dejando a un lado los atrasos que os he comentado) si además trabajase habría que sumar las nóminas correspondientes, ¿Eso no haría que todo lo que excediese de los 7896€, dejando a un lado lo que estuviese dentro del incentivo al empleo, se me exigiese abonar en años sucesivos aunque yo me diese de baja en diciembre y ya no recibiese el imv en el 2026?

Supongo que me recomendáis "combinarlos" porque no me saldría "a deber" y yo estoy empecinado en que sí.
#13

Re: Duda con generación de cobros indebidos en caso de renuncia - Ingreso mínimo vital

Supon que en lo que vas a trabajar ganas 8000 euros,es decir superas tu renta garantizada.
Pero en 2024 ganaste menos que vas a ganar en 2025 ( me refiero a ingresos por trabajo : empleo,subsidios etc), entonces te aplican el incentivo .
Ejemplo: Tu incentivo es 4000 euros.
Eso se renta de los 8000 que has ganado por trabajo y entonces restas los 4000 del incentivo y es como si por trabajo ya no hubieses ganado 8000 sino 4000 ,y entonces ya no te pasas de tu renta garantizada y mantienes el imv.
Para calcular más o menos tú incentivo haz esto:
Calcula lo que vas a ganar por trabajo en el resto de 2025 y resta 2000 ( esa sería tu casilla  22 de la renta de 2025,es decir la que hagamos el año que viene).
Ahora busca la casilla 22 de la renta que hacemos este año.
Resta la mayor menos la menor y ese sería tu incentivo al empleo para el año 2025 .
#14

Re: Duda con generación de cobros indebidos en caso de renuncia - Ingreso mínimo vital

Lo de alegar que los 7000€ de atrasos no corresponden al ejercicio de 2025 sino que deben de ser tenidos en cuenta para los períodos de los que salen ya lo había leído aquí en el foro de un compañero que lo ha reclamado, lo tenía en cuenta.
Falta que tanto la Seguridad Social como Hacienda validen esa interpretación... quiero decir, si el certificado de importes abonados de la Seguridad Social te dice que se abonaron en 2025, y aunque tú sepas que son atrasos de 2024, ante Hacienda es algo con abono en 2025 porque así lo indica el certificado de rentas que expide la Seguridad Social ¿comprendes? (y contra eso poco se puede luchar, a no ser que en el mismo certificado de rentas de la Seguridad Social indique a caso hecho las cuantías que corresponden a esos atrasos de ese ejercicio anterior, cosa que no les interesa hacer)

no debo de estar interpretando correctamente como computan los ingresos por rendimientos del trabajo de cara al IMV
Claro, porque estás computando el IMV como ingresos y eso no es así; el IMV es una renta exenta de tributar para el IRPF como ingresos, a no ser que superes los 12600€ anuales percibidos, que en ese caso se computan como ingresos lo que supere esos 12600€ que es 1'5 veces el IPREM.

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