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Autónomo - Inem

3 respuestas
Autónomo - Inem
Autónomo - Inem
#1

Autónomo - Inem

Buenas a todos,

Llevo 6 meses cobrando el paro y me quedan todavía unos cuantos, hasta sept-octubre del año que viene.

El tema es que estoy pensando seriamente en hacerme autónomo por varios proyectos puntuales que me pueden salir.

Mis dudas:

1. Si me hago autónomo, mañana mismo por ejemplo, para algo de un mes. ¿Puedo volver a solicitar el paro por los meses que me quedan?

2. Qué pasos debo dar para hacerme autónomo, ir a inem a darme de baja y dónde me hago autónomo? Cuánto tiempo tardan?

3. AUTONOMOS: Qué gastos mensuales fijos tiene? en cuanto a los gastos de facturas y eso cómo va? Algo me comentaron...puedo desgrabar o algo asi no?

Muchas gracias de antemano

#2

Re: Autónomo - Inem

Por favor, alguien que me ayude.

Gracias

#3

Re: Autónomo - Inem

1.- Sí, mantienes el derecho a reanudación de la prestación contributiva reconocida por hasta 24 meses.

2.- Antes de empezar la actividad, debes darte de alta censal en hacienda (modelo 036). Una vez estés de alta censal, debes solicitar la suspensión de la prestación en el INEM. Asimismo, y con un plazo de 30 días, deberás ir a una Tesorería General de la SS para darte de alta de autónomo.

Cuando te des de baja por finalizar el trabajo, lo mismo pero al revés. Baja censal en hacienda, baja de autónomos en la TGSS (ojo, plazo de solo 6 días), y solicitud de reanudación de prestación en el INEM.

3.- Gasto fijo, pues depende. La cotización mínima como autónomo son algo menos de 260 €/mes, coberturas mínimas. De aquí para arriba. Para los papeleos, desde 0 si lo llevas tú hasta lo que te quieran pedir.

Gastos de facturas y esas cosas, son deducibles los gastos necesarios para obtener los ingresos. Si te vas a dedicar a montar muebles, y necesitas un taladro atornillador a bateria, sería un gasto deducible.

Como autónomo además de los impuestos de la renta (ingresos - gastos = resultado), existe también lo del IVA (tu IVA facturado - el IVA soportado = IVA a entregar a hacienda).

Además de los gastos necesarios para la actividad (la cuota de autónomos es un gasto), si te acoges al régimen simplificado, tienes una deducción genérica del 5 % del resultado. También es deducible cosas como adquisiciones de publicaciones técnicas necesarias, gastos en seguros médicos, etc.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#4

Re: Autónomo - Inem

CONTINUANDO CON LO ANTERIOR -
el cobro del derecho de paro al hacerse autónomo:

1: ¿se recibe de golpe la misma cantidad que correspondería cobrar, al estar en el paro durante meses o años?

2: ¿esta cantidad de dinero está a disposición libre del autónomo o el autónomo lo tiene que destinar a determinados gastos? (p.ej. pagar las cuotas de la seguridad social?)

3: si finalmente resulta que la actividad de autónomo no tiene éxito y me doy de baja después de unos meses- ¿hay que devolver las cantidades recibidos?

gracias