¿Es obligatorio crear una comunidad de Bienes, al alquilar como propietarios una tienda que es de dos personas?
Veamos queria saber si esto es siempre obligatorio crear una comunidad de bienes, ejemplo 2 hermanos heredan un local comercial, lo alquilan a nombre de los dos, ambos ya eran autonomos por otra actividad, vemos los gastos que supone crear una comunidad de bienes, si el local vale 200.000€ y lo alquilan por 1200€, y tienen que entregar 240€ x 12 meses osea 2880€ Euros al año, el local no tiene gastos salvo abonar el IBI, su padre como único propietario cuando lo tenia alquilado, solo hacia los 4 trimestres de IVA y el resumen anual para entregar este IVA, en el contrato de alquiler figuran los dos al 50%, no pueden duplicar todos los recibos y facturas al 50%, y no meterse en los gastos de una comunidad de bienes que al parecer son altisimos, cuando se abre y cierra 1+1% de impuesto de actos juridcos más en el notario escritura publica, esto nos vamos ya a más de 4000€ para hacer lo mismo que su padre hacia como persona fisica sin gastarse un duro. Depende de a quien pregunte y en que delagación de hacienda lo haga me dicen que es o no obligatorio, lo curioso que en una me han dicho que el 90% es comunidadde Bienes cosa que no entiendo ya que lleva unos gastos altisimos, y casi ningún beneficio.