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Necesito consejo sobre un epigrafe que no sale en el listado de IAE

1 respuesta
Necesito consejo sobre un epigrafe que no sale en el listado de IAE
Necesito consejo sobre un epigrafe que no sale en el listado de IAE
#1

Necesito consejo sobre un epigrafe que no sale en el listado de IAE

Hola buenos días resulta que como el nombre de este tema del foro indica no se que numero de epígrafe poner mi actividad laboral va a ser la siguiente: Tengo contactos para ser representante artístico yo represento a supongamos 10 personas y el 10 por ciento de cada una de las personas que represento es para mi por conseguirlas el trabajo y demás esto en números seria una cosa así yo emito una factura con la empresa en la que salen estas 10 personas de 10000 euros y tengo que hacer 10 trasferencias a cada uno de ellos de 900 euros luego mi beneficio final es de 1000 euros y e aquí donde salen dos dudas que tengo primera que epígrafe poner por que si pago el 20 por ciento de lo que facturo tengo pagar 2000 euros ganando 1000 y mas cuota de autónomos...y dos a estas personas obviamente no las puedo dar de alta en la SS con mil euros me sale a 4000 las seguridades no me llega mis ganancias para pagarles entonces que tipo de contrato les tendría que hacer yo a estas personas?para que todo sea legal contrato de prestación de servicios o no se por favor que alguien me indique gracias

#2

Re: Necesito consejo sobre un epigrafe que no sale en el listado de IAE

Todos los epígrafes (por definición) salen en el listado del IAE.

Lo que puede suceder es que algún tipo de actividad económica algo heterodoxa no disponga de un epígrafe apropiado o específico.

La actividad que describes, no queda muy clara si actúas como representante artístico (prestas un servicio a los artistas ejecutantes), o como empresario de la farándula (prestas un servicio a las empresas espectadoras).

Si actúas como representante de los artístas, a comisión, lo suyo es que sean los propios artistas los que facturen los 1.000 €, y tú luego les repercutes a ellos tu factura de honorarios por tu comisión de 100 €.

Si actúas como empresario de la farándula, deberías hacerles contratos y alta en la SS a los artístas, en el sistema especial de artístas del régimen general (por bolos o días), deberías estar tú de alta como autónomo, y deberías pagar tu IRPF del 20 % de tus ganancias netas (1.000 - 900 = 100; 20 % s/100 = 20 €).
Obviamente, como el coste de la SS es bastante significativo, deberías pactar que esos honorarios de los artístas no son íntegros para ellos, sino que es la partida que reservas para honorarios netos+impuestos+cotizaciones.

Como epígrafes que pùeden aplicarse:
965.4 y 983, de la sección 1ª,
851 y 853, de la sección 2ª,
019 y 039, de la sección 3ª.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!