Monitorio para cobrar solo deuda parcial
Hola,
me gustaría preguntaros: ¿es obligatorio reclamar la deuda completa en un solo procedimiento monitorio o se puede fraccionar en varios procedimientos para evitar superar los 2000 euros y ahorrarse abogado y procurador en caso de no recibir el pago en los días de plazo?
El caso es una comunidad de propietarios, la promotora que construyó los pisos se quedó con algunos pisos y locales y no paga la comunidad desde hace bastantes meses. Las cuantías superan por poco los 2000 euros y con esta cantidad, hay temor entre los vecinos de pagar más en abogados y procuradores que en lo que se pudiera recuperar (que por otros casos con la misma promotora parece que después de años todavía no han cobrado nada). Es decir, los vecinos se pueden gastar en abogado y luego no ver un duro, y además de no recuperar la deuda poner dinero de su bolsillo para los gastos.
La cuestión es que al tratarse de una deuda de la cuota de la comunidad, es una deuda que va a continuar acumulándose todos los meses después de poner el monitorio, por lo que seguramente no estará prohibido interponer varios monitorios (por ejemplo, si se realiza en julio el monitorio, en abril del año que viene ya se habrá acumulado una nueva deuda y habrá que poner otro monitorio). La idea sería reclamar hasta marzo de 2015, o hasta un mes concreto, pero no hasta ahora mismo, para no llegar a los 2000 euros, y en un monitorio posterior, reclamar desde dicho mes hasta el día en que se haga el siguiente monitorio con toda la nueva deuda acumulada.
Esto se puede hacer?
Gracias, un saludo