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Lactancia acumulada

2 respuestas
Lactancia acumulada
Lactancia acumulada
#1

Lactancia acumulada

Buenas noches,

He solicitado a mi empresa la lactancia acumulada. 

Me respondieron aceptándola con 15 días.

Me he informado en internet como se calculan y según las horas que yo trabajo al día (3,5h porq estoy con reducción de jornada) me daban 31 días. 

La empresa me ha respondido que al no tener convenio colectivo es así, son 15 días. Y que al no haber acuerdo ahora tengo q escoger entre las otras opciones.

Mi pregunta es si es cierto que por no tener convenio puedan hacer eso, y segundo ahora pueden echarse para atrás y no darme los días acumulados? 

Desde que he sido madre me están haciendo la vida imposible para que me vaya por mis propios medios y ya no sé qué más hacer. 

Muchísimas gracias.

#2

Re: Lactancia acumulada

Hola buenas noches, El permiso de lactancia, regulado en el artículo 37.4 del Estatuto de los Trabajadores, permite tener una hora de ausencia del trabajo, que podrán dividir en dos fracciones, para el cuidado del lactante hasta que este cumpla nueve meses. Y también
La lactancia acumulada permite sumar todas las horas a las que tiene derecho el trabajador desde que se reincorpora hasta el bebé que cumple nueve meses según lo indicado en el convenio colectivo o el acuerdo que se alcance con el empresario.

Normalmente, esta acumulación de la lactancia es sobre 15 días naturales

Puedo disfrutar de las dos??

#3

Re: Lactancia acumulada

Hay empresas y/o gestorías que tiran por la directa, y dan esa partida alzada de 14-15 días de lactancia por acumulación.

No es así. Hay que contar todos los días que acontecen desde tu reincorporación hasta que la criatura cumpla los 9 meses, ver cuantos días de esos serían laborables, y es a 1 hora por día laborable.

Se suma todo eso, y es una bolsa horaria de permiso retribuido que te corresponde.

Si resulta que por la razón que sea, tu jornada es de 3,5 horas, 7 horas de permiso por lactancia acumulada obviamente te permiten disfrutar de dos días de ausencia. Hacerlo de otra manera sería discriminarte por trabajar a jornada parcial.

Por supuesto, no es por días naturales, sino por horas laborales de ausencia a cambio de horas de permiso. Si trabajas 3,5 horas, de lunes a viernes, 35 horas de permiso son dos semanas enteras, por ejemplo.

La decisión de acumular lactancia es totalmente unilateral de la trabajadora. La empresa solo puede imponer, si hay dos o más trabajadoras en igual circunstancia, que esas ausencias no sean simultaneas (o sea, una primero y la otra después).

Por lo que comentas, la cosa apunta a que a los nueve meses y un día de edad del bebé, te encontrarás con un despido improcedente sobre la mesa. Antes no pueden, pues salvo un disciplinario de libro (que le arranques la oreja al jefe, por ejemplo), cualquier despido sería nulo (reincorporación, con pagos de salarios pendientes y correlativa cotización...).

Un convenio colectivo puede mejorar esto del permiso por lactancia, nunca empeorar lo que establece el estatuto de los trabajadores. En tu caso, al estar vencido el convenio, se aplica el mínimo legal, que es lo del estatuto de los trabajadores.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!