Acceder

Error aplicación bonificación Autonómos Societarios de 367 a 155?

1 respuesta
Error aplicación bonificación Autonómos Societarios de 367 a 155?
Error aplicación bonificación Autonómos Societarios de 367 a 155?
#1

Error aplicación bonificación Autonómos Societarios de 367 a 155?

Hola!

Llevo un tiempo leyéndoos pero este es mi primer mensaje.

Soy un autónomo societario que me di de alta en Agosto de 2020. Como sabéis, la cuota actual es de 367 €/mes resultado de aplicar el factor de 30,3% a la base de cotización de  1.214,1. Según me consta, el reciente fallo abría la posibilidad a que se nos aplicara la bonificación de la tarifa , con la esperanza de que nos bajara significativamente la cuota (hasta los 60-80 euro según había leído).

El caso es que hace un par de meses rellené el certificado de devolución de ingresos indebidos, reclamando la devolución de la parte de la cuota sujeta a la bonificación. Me han confirmado que durante el primer año tengo derecho a la bonificación del 80% de la base de cotización... pero mi sorpresa según lo que me ha ncomunicado la cuota solo me baja hasta los 155 €/mes.

¿Porque es esto? ¿Es algo que se me aplica solo a mí, o es un varapalo por igual para todos los autónomos que ya contábamos con pagar 70-80 euros? acabaremos teniendo que pagar el doble...

Os mando los mensajes que me he intercambiado con la oficina de la TGSS:

Primer e-mail indicando que mi nueva cuota durante los próximos meses serán ~155 euros



Segundo e-mail


Tercer e-mail



#2

Re: Error aplicación bonificación Autonómos Societarios de 367 a 155?

Bueno, es una de las posibles "interpretaciones" de la jurisprudencia.
La jurisprudencia ha establecido que los societarios también tienen derecho a la bonificación por inicio de actividad. Pero esa misma jurisprudencia no ha establecido nada respecto de cual es la base de cotización de los societarios.
Así que la TGSS ha pillado el literal, y la norma legal de la bonificación dice x % sobre la base de cotización mínima, con independencia de que la base real de cotización sea tanto o cuanto.
Le han dado la vuelta al calcetín, y en lugar de aplicar una "tarifa plana" a la cotización, aplican una "tarifa plana" a la bonificación. Es una interpretación que entra dentro de la ley.
El importe de la bonificación que te aplican es exactamente el mismo que el que tienen los no societarios, unos 200 €.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!