Acceder

Trucos para una buena planificación financiera - truco 9 – vigilar el descuento comercial

10 respuestas
Trucos para una buena planificación financiera - truco 9 – vigilar el descuento comercial
Trucos para una buena planificación financiera - truco 9 – vigilar el descuento comercial
Página
1 / 2
#1

Trucos para una buena planificación financiera - truco 9 – vigilar el descuento comercial

Trucos para una buena planificación financiera – vigilar el descuento comercial


**Siempre comentado estos “trucos” dentro del entorno de pymes o autónomos, ya que las grandes compañías ya saben perfectamente de que va el tema**

El descuento comercial o anticipos de créditos norma 58 del CSB no es otra cosa, como todos sabemos que un préstamo auto reembolsable mediante el cobro al cliente de una deuda a un plazo determinado.

Premisas:

• No es conveniente descontar papel de bajo importe porque normalmente nos cobrarán unos mínimos por el servicio, los cuales comparados con el importe del recibo o pagaré hacen no rentable tal anticipo de dinero.

• No es conveniente descontar papel a menos de 20 días, al ser habitual por parte de las entidades de percibir en concepto de intereses entre 15 y 20 días, existan de anticipo o no.

• Tampoco es oportuno descontar papel de clientes que sabemos tienen un comportamiento de pago irregular, nos puede provocar impagados que a la vez generan importantes comisiones por devolución, hay entidades que aplican hasta un 6,5% y esto no es interés es comisión, con lo cual (en el caso de bancos o cajas que tarifican al 6,5%) si nos devuelven 10.000 € la broma nos va a costar 650 €. Y además si nuestra línea de descuento por estadística tiene un exceso de impagados, tendremos problemas en la renovación de la línea por parte del banco o caja. Es difícil tener cero impagados, sin embargo si de antemano sabemos que podemos tener problemas tal vez tendremos que buscarnos otra forma de financiación para este cliente, o dejar de venderle a crédito.

• Hay entidades que pueden exigir (en algunas empresas y a menudo solo a quien se deja) una retención de lo que descontemos en una cuenta de ahorro, que nos remunerarán a cero o a cero coma algo, con lo cual, en parte, nos están prestando nuestro propio dinero. La justificación de esto suele ser “por si os llegan impagados” o “para hacer un ahorro con lo que pagar los impuestos trimestrales”, a ver ….. si bien hay que considerar que esta puede ser una exigencia del banco o caja para tomar nuestro papel y no nos quede otra que tragar con ella, en términos de rentabilidad para nosotros es un sin sentido pagar pongamos un 4% de interés por el descuento para que una parte se quede en una cuenta sin apenas remuneración.

• Observemos bien el tipo de documentos que tomamos de nuestros clientes, tenemos recibos domiciliados cuyo valor jurídico en caso de problemas es más bien poco, podemos tener pagarés que tienen cierta fuerza legal y hace tiempo que existe un documento que nos puede llevar a confusión, se trata del pago domiciliado o pago certificado, que es un documento que emite el banco o caja con las firmas de apoderados del banco o caja, y que nos puede llevar a pensar que tiene la garantía de una entidad financiera, pero si le damos la vuelta hay un texto de 10 o 12 líneas que viene a decir más o menos que no es un titulo cambiario, con lo cual estamos ante un recibo normal y corriente y además el banco no se responsabiliza de que a su vencimiento existan fondos suficientes en la cuenta de pago, e incluso de proceder a su devolución si nuestro cliente da orden de no pagar, no obstante estos documentos los suelen emitir firmas solventes y no es habitual su devolución, ahora bien que no sea habitual, no supone que no se puedan devolver.

• Tengamos claro que en las liquidaciones de descuento hay dos o tres conceptos a considerar, una es el tipo de interés, otra es la comisión que si es un porcentaje habrá que “traducirla” a interés para que conozcamos si es caro o no tan caro, por ejemplo si nos cobran un 0,20% de comisión por 60 días, equivale a un 1,20% de interés anual adicional, si nos cobran un 0,50% para descuento a 45 días, estamos hablando de

Esto se calcula con 365 días del año dividido por el plazo del descuento, en este caso 45 días y tenemos 8,11 veces que periodos de 45 días hay en un año, esto lo multiplicamos por la comisión (0,50 del ejemplo) y tenemos que la comisión equivale a un 4,0556% de interés.

Tenemos el TAE en la liquidación, pero no es referencia correcta en este caso, porque el TAE en el descuento comercial considera que hay una parte de lo que nos cobran que supone la remuneración del servicio de cobrar por nuestra cuenta, por tanto el TAE nos puede despistar en este caso.

Si nos cobran un fijo de 3 € por documento, en función del importe de los mismos puede ser irrelevante, pero si son pongamos 10 euros fijos para recibos de 1.000 € a 30 días, puede ser importante en relación al tipo de interés. Si es un pagaré a la orden nos cobrarán un timbre (impuesto) y esto no es negociable con el banco, ya que éste se limita a cobrarnos el mismo y transferir su importe a la Hacienda Pública, y no es solución ponerle un sello de “no a la orden” porque no pagaremos timbre, vale …. pero de entrada hay entidades que en estos momentos no quieren descontar papel “no a la orden” y además a efectos legales podríamos estar perjudicando el documento para el caso de problemas de cobro. Luego nos quedan conceptos menores como son los gastos de correo y algunos bancos o cajas cobran comisión por el servicio del timbrado del documento.

#2

Re: Trucos para una buena planificación financiera - truco 9 – vigilar el descuento comercial

Excelente, como los 'trucos' anteriores.

Con tu permiso, unos añadidos:

* Conocer qué es una clasificación comercial, cuales son sus límites y condicionantes.

* La distinción del descuento en el que hay cesión o endoso del mero anticipo comercial. Tiene consecuencias muy distintas. Ya lo apuntas en los que son 'a la orden' de los que no lo son (y no sólo es diferente en los gastos de los timbres)

* La modalidad del 'Anticipo de Facturas'. Puede dar mucho juego.

* La posibilidad o no (dependiendo del tipo de giro) de cambiar vencimientos, importes y cuentas domiciliatarias, y reclamación de efectos, y sus consecuencias (comisiones).

* La (mala) utilización de la norma 19 (recibos), en lugar de la 'Gestión de cobro' o el 58. Aparte de contravenir los dispuesto por la AEB, puede tener consecuencias fiscales y de impagos-devoluciones extemporáneos.

* La tentación del Papel Pelota o de colusión.

S2, y a la espera del 'truco' 10 ;)))

#3

Re: Trucos para una buena planificación financiera - truco 9 – vigilar el descuento comercial

Quieres una cosa curiosa, nosotros cedemos, si cedemos, anticipos de crédito con abono a vencimiento norma 58, porque el 80% de nuestros giros no son de servicios, el resto si, pues lo difícil que es que los bancos y cajas tengan servicio de norma 58 al cobro, te piden que curses por 19, joder …. Que no es servicio, no hay manera en algunos bancos o cajas dale con que abono vencimiento = a CSB19, esto aparte de la negociación de precios que es otra …..

Y luego la mierda de los pagos certificados o domiciliados, que lo firma un banco, pero das la vuelta al documento y las condiciones son mas o menos como una “mie…. colgada de un palo”, lo que no entiendo es que hay entidades que no aceptan a nadie, bueno seguro que hacen excepciones, el papel no a la orden y admiten descontar estos papelotes o aceptan cesiones de créditos y no papel no a la orden ¿tu sabes los motivos? Es que un no a a la orden es una cesión y no admite que el banco tenga fuerza legal sobre el librado, pero ¿la tiene con un pago domiciliado de estos? ¿la tiene con una cesión de crédito que por no tener ni tiene la conformidad del librado?

En un no a la orden, al menos el banco o caja saben que el giro responde a una realidad, que una cesión telemática de anticipo de créditos lo de "bota .. bota" puede ser un hecho, en un pagaré parece que al menos, repito, es conforme el giro y esto es bastante.

Supongo que son temas juridicos.

#4

Re: Trucos para una buena planificación financiera - truco 9 – vigilar el descuento comercial

Lo del 'pago domiciliado' o 'pago certificado' es que es muy aparente, con las firmas del banco y todo. Y, a la postre, pueden tener menos valor que una 'Carta Nigeriana'.

S2

#5

Re: Trucos para una buena planificación financiera - truco 9 – vigilar el descuento comercial

Llevo tiempo trabajando con N19/58 pero nunca me aclaro bien de su uso por parte del cliente. Ya que estás al otro lado, ¿me haces un pequeño resumen de por que girais n58 o n19?

Thanks.

#6

Re: Trucos para una buena planificación financiera - truco 9 – vigilar el descuento comercial

¿Eres bancario?

Por lo que yo sé e interpreto:
Norma 19: recibos de servicios, que NO Cumplan la función de giro, esto serian energía eléctrica, gas, agua, gestorías y asesorías, despachos profesionales diversos, en nuestro caso recibos de servicios profesionales realizados, y si me apuras, pero cogido con pinzas estancias hoteleras, pero repito “cogido con pinzas”. Y en todo caso cuando el "destino" es a cargo del consumidor final y son al cobro, si se pone el vencimiento en el recibo es igual a no poner nada, no se toma en consideración, lo que se hace es poner en la remesa la fecha de abono de la misma, y solo se precisa de mandarlos hoy para que el abono se realice mañana con valor una día más o a los días con valor el mismo día.

Norma 58: todo lo que cumpla función de giro, esto son mercancías o servicios industriales.

Problema: La norma 58 está pensada para los anticipos de créditos al descuento, y no todas las entidades tienen establecido en abono al vencimiento al estilo norma 19, entonces uno le pone un vencimiento y que vale para el anticipo o en el caso de contrato con abono a vencimiento pues abono el día del vencimiento, y si la remesa tiene varios vencimientos puedes acabar loco para ir verificando los abonos, lo hacemos nosotros es mandar una remesa para cada centro de negocio y para cada vencimiento, y como tenemos vencimientos los días 10, 20, 25 y 30 de mes y varios centros podemos llegar a mandar 16 ó 20 remesas por mes, pero esto nos supone un control perfecto, una remesa mandada de un centro corresponde a un apunte bancario, lo cual para la conciliación automática de la contabilidad va de perlas, ¿Y el problema? Pues que al ser norma 58 los bancos lo tratan como descuento comercial, y le suele importar un cuerno al tío del departamento de tarifas si el abono es anticipado o al vencimiento, esto parece ser un problema del departamento de riesgos, por tanto la guerra de precios es dura, además te suelen solicitar que firmes una póliza de descuento y anticipos, que para nosotros no es problema, pero para algunos puede que sea gordo porque la entidad no les considera merecedores de riesgo en descuento comercial, luego intentan cobrar comisión de estudio, etc.
Además las tarifas de la norma 19 son bajas, no así las de 58, y los directores de oficinas (esto me lo podrás confirmar tu) esto de las facultades para precios creo que más bien poco, y en cuanto a riesgo los directores pueden/ podéis dar por atribuciones, y la 58 que es repito descuento, sea al cobro o no, hay que pedir a los analistas de riesgos su conformidad, por tanto pues ….. “pal camino denmedio” y punto.
Técnicamente el porqué el 19 o el 58 supongo que lo delimita la norma del CSB
http://aeb.respuestaprofesional.com/files/norma_58_castellano.pdf
http://aeb.respuestaprofesional.com/files/q19040604.pdf

Norma 19 Observa esto del punto B) con lo cual un taller mecánico por ejemplo que vende a particulares podría utilizar la 19 perfectamente, pero no así cuando su servicio es para una empresa, por no ser el librado el consumidor final, un hotel que vende a particulares también, pero una fábrica de chocolates que vende a comercios no, nosotros en los carburantes, podríamos perfectamente vender gasolina y cobrarla por 19 siempre y cuando el destino fuesen particulares, pero estos pagan con efectivo o con visa, aunque que la factura sea a título de persona física, suele ser en el 95% de los casos en su calidad de empresario individual o autónomo.

Dice:
El presente Folleto describe los aspectos que todo cliente de una Entidad de depósito debe conocer para presentar, mediante fichero informático, órdenes de adeudo como consecuencia de domiciliaciones.
Estas operaciones domiciliadas, se definen por los siguientes parámetros:
a) Pagaderas a su presentación.
b) Que correspondan a cuotas por servicios o usos de carácter periódico a cargo del consumidor o usuario final.
c) Que conste como domicilio de pago el Código Cuenta Cliente (CCC), es decir, Entidad, oficina domiciliataria, dígitos de control y número de cuenta.

#7

Re: Trucos para una buena planificación financiera - truco 9 – vigilar el descuento comercial

Hola Petersen:

Subo este hilo antiguo en plan "pesado" para cumplir mi palabra de ayer noche de usar el buscador y no abrir hilos nuevos sin necesidad.

Creo que he entendido bien, por lo menos eso espero, todo lo que explicas arriba pero me queda una dudilla que no sé si tu tendrás opinión sobre ella. En mi caso facturamos servicios profesionales, hasta ahí norma 19 creo que sin problema, pero el caso es que juraría, es verdad que muy esporadicamente, que en alguna ocasión que necesitabamos liquido anticipado mandamos recibos de servicios por el 58, ¿Sería eso correcto en tu opinión o, tal vez, sería más escrupuloso con la normativa vigente acudir a algún servicio financiero de "anticipo de facturas" o similar al tratarse de recibos de servicios para un consumidor final?

Saludos cordiales

#8

Re: Trucos para una buena planificación financiera - truco 9 – vigilar el descuento comercial

Si se descuenta solo se puede hacer por N58 (bueno pagarés, letras .. aparte)

Un servicio se puede girar por norma 58, no hay problema, lo que en teoría no se debería es giros al cobro por el 19, es esto solo para servicios ...

¿Fuera de la ley? Tu no, cedes el servicio al banco, es el banco que si lo admite actúa mal ...

De alguna forma por 58 te admitirán todo, y el descuento por 19 no es posible, su propia configuración solo permite a la vista. El problema es el mal uso del 19 ...