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Erte y prohibición de despedir en seis meses

4 respuestas
Erte y prohibición de despedir en seis meses
Erte y prohibición de despedir en seis meses
#1

Erte y prohibición de despedir en seis meses

Buenos días,

La situación económica en mi comercio es realmente alarmante y necesito prescindir de mi trabajador. En el confinamiento total estuvo cuatro meses  en ERTE y , ahora en diciembre, también ha estado en ERTE en un 25% de su jornada completa durante tres semanas. ¿ quiere decir que no podría despedirla hasta junio? .En este caso, ¿puedo , siendo el administrador, irme al paro o  recibir alguna prestación hasta que pueda prescindir de él?

Un saludo.
#2

Re: Erte y prohibición de despedir en seis meses

En tu situación, o comienzas un expediente concursal, tal que en la situación pre-concursal se derive que la viabilidad de la empresa pasa por despedir ya (una de las pocas excepciones a despedir sin perder exoneraciones), o dependes de algún tipo de ayuda autonómica, si la hay en tu territorio.
Podrías consultar a quien te llevó lo de los ERTEs a ver si las exoneraciones de primavera quedan ya consolidadas, y solo te juegas las exoneraciones de diciembre (o sea, que sean dos ERTEs distintos).
O seguir con la bola de los ERTEs "in illo tempore", mientras vayan aprovando sus sucesivas prórrogas.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#3

Re: Erte y prohibición de despedir en seis meses

Buenas noches, he leído que se puede despedir por causas económicas. ¿Esto es así? Creo que el comercio puede ser viable pero habría que argumentar que está en serio riesgo de concurso de acreedores. A mí no me hace gracia tirar por aquí,  ¿Alguno sabría algo? 

La asesora que me llevo los ertes me dice que esto cambia mucho que ni si quiera en la inspección de Trabajo saben nada aún,   pero me da a mi que tampoco tiene muchas ganas de moverse , no sé yo

Un saludo.
#4

Re: Erte y prohibición de despedir en seis meses

Sí, por causas económicas se podría, siempre y cuando fuesen independientes de causa COVID-19.
Y la verdad, ahora esto es como bastante imposible de demostrar.
Puede que logres acreditar adecuadamente unas pérdidas, pero es muy difícil que logres acreditar que esas pérdidas son independientes de lo del COVID. Y nada que tenga que ver, de forma directa o razonablemente circunstancial con COVID sirve para justificar una causa objetiva.
(De nuevo, salvo que lo lleves por una situación pre-concursal. Entonces, aunque sea una causa COVID, sí recuperas el derecho a la causalidad objetiva para el despido. Claro que un expediente concursal cuesta un dinero)

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#5

Re: Erte y prohibición de despedir en seis meses

A ver quien demuestra ahora que la bajada de la facturación no tiene nada que ver con el COVID, aunque tampoco podrían demostrar lo contrario.

Pues parece que esto de los ertes ha sido un caramelo envenenado para algunos como yo  que nos acogimos sin saber las consecuencias. Pienso que muchas empresas no van a poder continuar porque la cosa está como está y ésto es un palo en la rueda.

Me has sido de más ayuda que mi asesor, a ver si busco a otro que me puedo asesorar más o menos como tú ( muchas gracias)
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