Sí, salvo que fuese una dimisión por tu parte, casi siempre hay algún tipo de indemnización.
Puede ser por DESISTIMIENTO, el empleador, por la causa o razón que sea, considera que ya no eres la persona adecuada, y desiste del contrato.
En este caso, te deben entregar en ese momento, el importe de la indemnización, a razón de 12 días por año trabajado (o parte proporcional), y darte aun 20 días más de trabajo (que deben pagar según lo acordado). Si no quieren que vayas más, esos días te los deben pagar igualmente.
Si se incumple esas formalidades del desistimiento, estamos ante un DESPIDO. Salvo que sea un disciplinario (que requiere sus tiempos y formalidades). Las indemnizaciones son de inicio de 20 días por año, si la causa es justificada y el procedimiento sigue todas sus formalidades y tiempos. En caso contrario, serían 33 días por despido improcedente.
No es necesario que firmes nada, salvo un "RECIBÍ", en caso que te hagan un pago en metálico.
la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!