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JUBILACIÓN SIN PENSIÓN - ¿ Es posible ?

1 respuesta
JUBILACIÓN SIN PENSIÓN - ¿ Es posible ?
JUBILACIÓN SIN PENSIÓN - ¿ Es posible ?
#1

JUBILACIÓN SIN PENSIÓN - ¿ Es posible ?

Muy buenas,
Espero que alguien pueda aclararme la siguiente situación:
Se trata de una Persona Física que en el año 2012, a la edad 60 años   se inicia en la Actividad Empresarial, como titular de una Explotación Agraria, teniendo la edad . Causa ALTA en el RETA  y en el Censo de Retenedores (Modelo 036 ) .
En el Informe de Simulación de Jubilación, aparece la Fecha real de Jubilación a los 74 Años -5 meses y 30 días. En este momento tiene 70 años de edad. 
Preguntas :
1.- ¿ Puede Jubilarse en este momento , CON 70 AÑOS DE EDAD, aunque no tenga derecho a cobrar Pensión , aunque siga siendo titular de su Explotación Agraria ? 
2.- ¿ Puede causar Baja en el RETA para ahorrarse la Cotización Mensual, y seguir siendo Titular de su Explotación Agraria ?

Estas dudas surgen ante la posibilidad de que las respuestas sean NEGATIVAS  y con las perspectivas de que sea ampliado el número de años de Cotización para cobrar Pensión,  puede llegar al momento de su fallecimiento sin poder Jubilarse, pudiendo perfectamente ser Titular de su Explotación Agraria, ya que para serlo no es necesario realizar trabajos físicos y puede  encargar la dirección Técnica y la Gestión de la misma a Empresas de Servicio.   
Resumiendo:
¿ Está ligada la condición de Titular de Explotación Agraria a la Afiliación en el RETA ?
Muchas gracias 


#2

Re: JUBILACIÓN SIN PENSIÓN - ¿ Es posible ?

Jubilación sin derecho a pensión, es inactividad.
La inactividad es incompatible con la actividad (titularidad de explotación), por mera definición técnica.
La inactividad pensionada (conocida como jubilación), en algunos casos es compatible con el mantenimiento formal, parcial o incluso total de una actividad económica por cuenta propia.

En el caso que expones, por edad tendría derecho a una pensión de jubilación no contributiva, pero esa pensión no es compatible con el mantenimiento de algún tipo de actividad (formal, parcial o total).
La pensión de jubilación con compatibilidad es la contributiva, que exige no solo la edad (la cumple sobradamente), sino también un mínimo de tiempo de cotización (no cumple).

El desarrollo de una actividad económica, salvo esas tasadas compatibilidades con el estatus de pensionista, obligan a cotización RETA, sea el general, sea el agrario en este caso, si cumple el resto de requisitos.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

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