Constitución de Sociedad Limitada
Constitución de sl
Saludos...como muchos estoy tratando de emprender a ver si podemos salir de este bache, el tema gira entorno a reducir al máximo los gastos iniciales, hemos acudido a un pait para la constitución y nos han informado que si el administrador tiene menos de un 25% de participación de las acciones( es mi caso) no es necesario darse de alta como autonomo y al no ser empleado (por ahora) tampoco debe darse de alta en RG, esta idea se concreta dando de alta en ss al primer empleado (productivo) de la compañía en el momento de su contratación.
¿puede alguien camnetar algo sobre esto? ¿es correcta esta afirmación?
Mucho agradeceré vuestros comentarios