Javijana, añado algun comentario.
Teniendo en cuenta la coincidencia en los tres primeros asuntos, paso a comentar los asuntos 4 y 5 que Ud. cita:
-En lo relativo a si es insolvencia provisional o definitiva, Anvafa mas o menos deja claro que la situacion ( teniendo en cuenta la propuesta de Mansó de pagar antes de los tres años) es similar, como recoge la ley, a la insolvencia provisiona. De lo que se deduce que su comentario que viene a continuacion sobre la decision de la personacion sobraria ya que vota el FDG porque tiene mayoria de capital ( 3/5) y no mayoria de 3/4 lo que segun dice la ley y Uds. comentaba habria la posibilidad de necesidad de personacion de mas acreedores. Luego entiendo que este asunto ya estaba zanjado.
- En lo relativo al punto 5: efectivamente el articulo 9 de la LSP señala en su primer parrafo que "mientras se sustancia el expediente, no se admitira por el juzgado pretension alguna incidental que tienda, en forma directa o indirecta, a impugnar la procedencia de la declaracion judicial o a aplazar su inmediata efectividad".
a) Que se "sustancia el expediente" quiere decir que se "elabora el expediente", segun me lo ha comentado a traves de conversacion telefónica el auxiliar del juzgado 73 que lleva el caso de eurobank.
b) Le he preguntado sobre las dudas que señala Sr. Javijana, a lo que me ha venido a señalar que el mismo juez sí puede de oficio solicitar el levantamiento de la suspension de pagos y que AUSBANC ha podido realizarla dicha solicitud, pero como es el juez el que tiene en sus manos la decisión puede pasar de esa solicitud o como decia antes hacerla suya.
c) Eurobank lo que tiene no es la capacidad de exigir el levantamiento sino de realizarlo.
d) En lo relativo a las posibles acciones judiciales contra eurobank en base a fraude de ley y abuso de derecho u otras causas ( hasta 7causas se recogen en el articulo 16 de la LSP) supongo se realizaran visto el CONVENIO DEL DEUDOR (eurobank) y en el plazo señalado en el citado articulo.
Reciba un saludo.