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Factura con IVA y IRPF

10 respuestas
Factura con IVA y IRPF
Factura con IVA y IRPF
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#9

Re: Factura con IVA y IRPF

Es normal que no te aparezca en el borrador, las facturas normalmente no se las entregamos a hacienda, nos la degravamos y hacienda se cree que no nos hemos inventado nada, hasta que un dia por lo que sea,suele ser por que has declarado algo mal, o te has equivocado en algo y salte la alarma en hacienda (o simplemente toca revisarte a ti, eso pocas veces pero ocurre)emtonces es cuando tienes que presentar en hacienda TODAS las facturas y los libros y pobre del que le falte alguna,te dan con to lo gordo y sin contemplaciones, y te revisan los 4 ultimos años, si algo de eso le pasa a alguno de tus clientes entonces veran tu factura y meteran tu NIF y les saltara la alarma de que tu no puedes emitir facturas e iran contra ti.
En lo de la factura si, tu cobras eso y luego tienes que ingresar los 7.2€ en hacienda (seguramente tu no podras porque no puedes hacer nisiquiera la factura) y luego ellos (tu cliente) ingresa esos 7,6€ en hacienda que esos si te vendran en tus datos del borrador del IRPF como retencion a cuenta, y te serviran para pagar un poco menos o que te devuelvan mas,lo malo va a ser como y en que apartado te meten los ingresos (40€) que han generado esas retenciones.

#10

Re: Factura con IVA y IRPF

¿Es imprescondible en una factura poner IRPF o con el IVA es suficiente?

#11

Re: Factura con IVA y IRPF

Un particular nunca puede facturar con IVA, ya que el IVA es un impuesto indirecto soportado por el consumidor final. Los empresarios y profesionales que facturan con IVA lo hacen porque realizan la función de "recaudador" para Hacienda, ellos cobran el IVA a sus clientes y lo pagan a sus proveedores, y trimestralmente liquidan con Hacienda: si han cobrado más IVA del que han pagado, tienen que ingresar la diferencia entre el IVA soportado (el IVA que han pagado) y el IVA repercutido (el que cobran). Si sale una cantidad negativa esa cantidad queda a compensar en futuras liquidaciones, es decir, que si en otro trimestre la cantidad es positiva, se te resta la cantidad que quedó a compensar, ya que es dinero que Hacienda te debe. Desgracidamente, en este país donde el primer ladrón es el Estado, no te dan la posibilidad de solicitar la devolución del IVA, por "webos" te lo dejan a compensar.
Por ello, un particular nunca puede cobrar con IVA, ya que si no está dado de alta en Hacienda en el epígrafe correspondiente del IAE y del IVA, tal como ha dicho otro usuario, lo que está haciendo es "recaudar" ese IVA para el Estado, y luego quedárselo para sí, lo cual constituye un fraude equivalente a llevarte dinero de las arcas públicas.