Hola , cuando haces el reparto de Gananciales, te corresponde por este concepto el 50% del patrimonio conjunto del matrimonio.
En este reparto tienes que respetar que te adjudicas el 50% de ese patrimonio conjunto, pero en ningun caso que este 50% se aplique a cada elemento patrimonial del conjunto.
Ejemplo de patrimonio conjunto:
a) Vivienda en Madrid valorada a la fecha de disolucuion de Gananciales en 300.000 euros.
b) Vivienda en Cadiz valorada a la fecha de disolucion de Gananciales en 350.000 euros.
c) Otros activos monetarios o mobiliarios valorados en 50.000 euros.
Patrimonio conjunto en gananciales.... 700.000 euros.
Reparto en disolucion de Gananciales: Te corresponde un patrimonio por tu 50% de Gananciales, de 350.000 euros.
Queda como masa hereditaria para los herederos del otro 50% de igual valor.
Adjudicado por ganaciales para el conyuge superviviente la Vivienda de Cadiz valorada en 350.000 euros, este es tu patrimonio fuera de la herencia.
La masa hereditaria que consta de una Vivienda en Madrid valorada en 300.000 euros y otros activos monetarios o mobiliarios valorados en 50.000 euros, se reparte de acuerdo con la ley, 1/3 por usufructo por valor de 116.666 euros para ti y los 2/3 restantes valorados en 233.333 euros a repartir en partes iguales entre tus TRES hijos.
Un ejemplo de este reparto de la masa hereditaria , podria ser :
El 25% de la vivienda de Madrid, para ti, valorada en 300.000 euros que supone 75.000 euros, el otro 75% se reparte a partes iguales entre los TRES hijos a los que les corresponde un 25% a cada uno.( Cada heredero se adjudica un 25% de esta vivienda)
41.666 euros de otros activos monetarios o mobiliarios que completan tu parte en la herencia y el resto de 8.334 euros a repartir entre los TRES hijos por 2.778 euros a cada uno.
En resumen los TRES hijos se adjudican por la herencia, el 75% de la vivienda de Madrid por valor de 225.000 euros y 8.334 euros de activos monetarios o mobiliarios, en conjunto un valor de 233.334 euros que es el porcentaje que les corresponde. Tu te adjudicas por la herencia, el 25% de la vivienda de Madrid por valor de 75.000 euros y 41.666 euros de activos monetarios o mobiliarios, en conjunto 116.666 euros que es el porcentaje que te corresponde por herencia.
Si hay un acuerdo unanime en dicho reparto , no existe problema en presentar este cuaderno particional , nadie sale perjudicado y se cumple con la ley testamentaria.
Saludos