Duda sobre "complemento por mínimos" en autónoma en régimen de gananciales.
Buenas tardes. Planteo casuística de nuestra madre, autónoma que se jubila este mes, dado que desconocemos algunas cuestiones en relación al "complemento por mínimos".
Según una simulación que le han hecho, la pensión que le corresponde no alcanza los 400 euros. El cónyuge ( nuestro padre ) ya está jubilado y NO depende económicamente de ella ( sus ingresos anuales, en concepto de rendimientos netos, por su propia pensión contributiva, superan cierto límite anual ).
Así, en la correspondiente solicitud de pensión que presentará nuestra madre se indicará que es 'SIN cónyuge a cargo'.
Pero desconocemos qué tratamiento hay que dar al "rendimiento neto de trabajo o actividades profesiones o empresariales" (pensión, en este caso) del cónyuge (nuestro padre), dado que el régimen matrimonial es de gananciales. ¿ En la solicitud de la pensión, en el apartado correspondiente, debe repartirse la cantidad anterior al 50 % entre ambos perceptores ? ¿ O se adjudica al 100% sólo al cónyuge? ¿ Y qué ocurre con los "rendimientos brutos de capital mobiliario o netos inmobiliario" ( intereses de cuentas bancarias y depósitos bancarios ) ? ¿ Deben repartirse al 50 % entre los 2 perceptores ? ¿Idem para "Ganancias patrimoniales" ?
Para complicar el escenario, ¿ cómo debe reflejarse un plan de pensiones del que es titular nuestra madre ? ¿ Tenemos que calcular la previsible cantidad que se le retornará durante el año, en forma de renta mensual (dando por hecho que se fije así como vía de recuperación) ?
Agradecemos comentarios. Seguiré mirando si en foro se comentó algo parecido. Un saludo.