Extinción de condominio e IRPF
Hola!!
Después de leer bastante cosas sobre el tema, creo que ando más liada que al principio :) a ver si me podéis ayudar...
En 2005 mi ex-pareja y yo adquirimos al 50% una vivienda escriturada en aprox 115.000 euros para lo que nos concedieron una hipoteca (también al 50%) de 180.000 euros (si, más del 100%, se que no es lo habitual pero así fue). Los gastos de notaria, registro etc (unos 11.000 euros) están incluidos en esos 180.000 euros.
Ahora en Agosto del 2011 hemos hecho una extinción de condominio donde yo me quedo el 100% de la vivienda y el 100% de la deuda hipotecaria que queda (164.000 euros), siendo este valor el que le hemos dado a la vivienda y sin haber compensación económica alguna por mi parte hacia mi ex-pareja.
Sin embargo, por problemas con el banco, la hipoteca sigue a nombre de los dos aunque soy yo la única que paga las cuotas desde enero 2011 (aunque no firmamos ante notario hasta Agosto).
Tengo varias dudas:
- ¿Puedo desgravarme el 100% de las cuotas de la hipoteca? Supongo que en ese caso necesitaría un certificado del banco que justifique que el pago ha sido exclusivamente mio.
- Si no, tendría que calcular lo aportado hasta agosto al 50% por un lado y después desde agosto a diciembre al 100%.
- Al haber adquirido la mitad de la vivienda antes de 2006, tengo derecho a la compensación fiscal, como queda ahora que poseo el 100%.
- ¿Los gastos de notaria etc..de la extinción (unos 3000 euros) también son deducibles? ¿cómo?
- Y por ultimo, aunque en la escritura dice que no ha habido compensación económica hacia la otra parte, he leido que podria considerarse ganancia patrimonial, y en ese caso al otra parte tendría que tributar, es verdad? realmente no se lleva ni piso, ni hipoteca ni compensación en metálico así que pensábamos que no.
Muchas gracias de antemano.