Re: Dudas sobre tributación trabajando en el extranjero
Respecto al tratamiento de cuentas bancarias hay dos casos:
1- Cuentas en Qatar. La declaracion no es ante la agencia tributaria sino ante el Banco de España. Su criterio de residencia no es el mismo. Para el Banco de España tu eres residente en un pais extranjero cuando estas inscrito en el consultado. Por lo que solo tienes obligacion de declarar las cuentas bancarias extranjeras ante el Banco de España cuando no estas inscrito en el consulado. Parece extraño, pero es así.
2- Cuentas en España. En mi opinion no hay cambio alguno por el hecho de que seas residente en el extranjero. En teoría y a efectos fiscales podrias pedir la devolución de los impuestos por rendimientos que te hayan retenido en España y pagarlos en Qatar. Si no se aplica un impuesto similar en Qatar te podrían poner problemas para la devolución.
Saludos