Cuota de autónomo como gastos deducibles ¿qué opináis?
Buenos días,
Entiendo que si una persona física esta trabajando en régimen general, tendrá como gastos deducibles por obtención de rendimientos del trabajo, las cuotas deducidas en nomina como aportación a la seguridad social, pero ademas si este mismo trabajador esta dado de alta en estimación directa por lo que paga una cuota de autónomo mensual, podrá incluir esta última como gastos deducibles de la actividad.
Entiendo también que el requisito para que esta cuota de autónomo sea deducible en la actividad y no como rendimiento del trabajo es que no figure mediante contrato, de esta forma las cuotas satisfechas serán gastos deducibles de la actividad.
Pero, ¿Conocéis algún caso práctico o alguna posibilidad para deducirlo como rendimiento del trabajo y como actividad a la vez?
Gracias de antemano.
Saludos.