Re: Fiscalidad pagaré: ¿en qué ejercicio fiscal se aplica la ganacia patrimonial del beneficio?
Eso de "en el banco me han dicho" debería quedar maldito para los siempre jamases.
El banco, que cante misa siquiere. Te dirán lo que sea. Otra cosa es la legalidad, y seguro que ahí no lo harán mal, que para eso tienen unos departamentos jurídicos y tributarios de los buenos.
El devengo de impuestos en los pagarés es a fecha de vencimiento, sí o sí.
Y es a esa fecha, cuando se aplicará la retención que corresponda, y será en ese ejercicio cuando debas declararlos.
Si por planificación fiscal, te interesa meterlo todo en el 2012 (IRNR), y que no se vaya al 2013 (IRPF), deberías negociar poder transmitir, endosar o liquidar los pagarés con límite 31 de diciembre.
la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!