Las disminuciones patrimoniales, generalmente, no se reflejan en el IRPF. Solamente, las ganancias/pérdidas patrimoniales que se pongan de manifiesto en las transmisiones.
Si un padre dona a su hijo 100.000 euros, no obtiene (el padre) ninguna ganancia/pérdida. Si le dona un piso que escrituró en 6.000 euros en el siglo pasado y según el Impuesto de Donaciones el valor del piso en el momento de la transmisión tiene un valor de 106.000 euros, sí que hay una ganancia de 100.000 euros por la que deberá tributar (aplicando coeficientes correctores y teniendo en cuenta el número de años en que la ganancia se ha producido).
Saludos.