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Exención venta de vivienda habitual por reinversión

17 respuestas
Exención venta de vivienda habitual por reinversión
Exención venta de vivienda habitual por reinversión
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#1

Exención venta de vivienda habitual por reinversión

Hola,

He estado buscando el tema, pero mi caso es un poco diferente y no se como aplicarlo.

Estoy empadronado en mi vivienda desde hace dos años (enero 2011), pero la vivienda me la han donado ahora, hace unos pocos meses (noviembre 2012). La vivienda está libre de cargas.

Mi plan es venderla para comprarme otra vivienda, la que será vivienda habitual.

¿Podré acogerme a la exención por reinversión en vivienda habitual aunque no hayan pasado 3 años desde que la primera vivienda está a mi nombre?

He leído que no se considera vivienda habitual si no estás viviendo de manera continua 3 años, pero creo que es solo aplicable de cara a la desgravación.

El caso práctico sería:

* Vendo mi vivienda habitual por 175.000 € (a mi nombre noviembre 2012)
* Fecha de venta: mayo 2013
* Compro vivienda habitual por 175.000 + gastos
* Fecha de compra: mayo 2013

Además de los gastos de compra (notario, transmisiones patrimoniales, etc) y la plusvalía sobre el terreno que va a cargo del ayuntamiento, ¿tendría que pagar otras plusvalías o se podría considerar exento?

Una duda adicional, si la fecha de venta es posterior, digamos 1 año, a la fecha de compra, ¿podría acogerme a la exención por reinversión en vivienda habitual al amortizar el crédito hipotecario restante?

Gracias por vuestra ayuda

#2

Re: Exención venta de vivienda habitual por reinversión

Artículo 54. Concepto de vivienda habitual.

1. Con carácter general se considera vivienda habitual del contribuyente la edificación que constituya su residencia durante un plazo continuado de, al menos, tres años.

Fuente: Reglamento IRPF.

El impuesto municipal de plusvalía, lo debe de pagar el vendedor. (Cuando compres la vivienda)

Saludos.

Saludos.

#3

Re: Exención venta de vivienda habitual por reinversión

Entendido, solo se considerará vivienda habitual para estar exento a los tres año desde que constituya residencia. "Constituir residencia" ¿se podría considerar desde el empadronamiento o desde que la inscribimos en el registro a mi nombre?

Gracias

#4

Re: Exención venta de vivienda habitual por reinversión

Si compro hoy la vivienda nueva, pero vendo al año que viene, cuando se haya considerado vivienda habitual, ¿podré acogerme a la excención?

Entiendo que hay dos años de plazo en el sentido contrario, vender y luego comprar, pero ¿al revés?

Gracias

#5

Re: Exención venta de vivienda habitual por reinversión

La titularidad de esta vivienda, parece que es de Noviembre del 2012, aunque antes la ocuparas como vivienda habitual , no era de tu propiedad y por tanto no cumple con la condicion fiscal de Vivienda Habitual, hasta que la ocupes durante TRES años continuados, desde la concesion de la propiedad.

Si la vendes antes de cumplir este periodo, no puedes aplicar la exencion por reinversion

Saludos

#6

Re: Exención venta de vivienda habitual por reinversión

El empadronamiento por sí solo, no demuestra nada. Como puedes ven en mi anterior comentario, la normativa no hace ninguna referencia al empadronamiento.

Saludos.

#7

Re: Exención venta de vivienda habitual por reinversión

Entendido, tengo que contar desde noviembre de 2012.

El problema es que quiero comprar la casa nueva antes de que se cumplan los 3 años. Me ha parecido leer que si compro, y la venta es en un plazo de dos años a partir de la compra, podría acogerme a la desgravación por reinversión. ¿Esto es así?

Por otro lado, voy a casarme al año que viene, si compro la casa ahora, al vender la mia actual al año que viene, ¿podría acogerme a la desgravación alegando que cambio de vivienda habitual por motivo del matrimonio?

Gracias y un saludo

#8

Re: Exención venta de vivienda habitual por reinversión

El plazo son dos años antes o dos años después:

ANTES:

"Igualmente darán derecho a la exención por reinversión las cantidades obtenidas en la enajenación que se destinen a satisfacer el precio de una nueva vivienda habitual que se hubiera adquirido en el plazo de los dos años anteriores a la transmisión de aquélla."

DESPUÉS:

"2. La reinversión del importe obtenido en la enajenación deberá efectuarse, de una sola vez o sucesivamente, en un período no superior a dos años desde la fecha de transmisión."

Fuente: Reglamento IRPF, artículo 41.

En lo demás que apuntas, en mi opinión estás mezclando dos conceptos: por un lado la deducción por adquisición de vivienda habitual y por otro la exención por reinversión en vivienda habitual.

Saludos.