#9
Re: Comunidad de bienes e IVA
Por supuesto.
El IVA soportado en las adquisiciones solo es deducible en la medida en que efectúas entregas sujetas al IVA.
Si la actividad está exenta, estás exento de incorporar el IVA a tus facturas generadas, y estás exento de deducirte el IVA soportado.
la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!