Re: Vivienda cedida en usufructo - declaración de la renta
Teniendo en cuenta que es un piso (bien inmueble) si mal no recuerdo es de aplicación las normas de la Comunidad de Madrid, independientemente de donde residas, y ahí creo que hay una bonificación para las donaciones en documento público, pero mejor si alguno de Madrid nos lo puede confirmar.
Y respecto a lo del usufructo y nuda propiedad, cuando se extingue el desmembramiento se ha de pagar por la diferencia, es decir, si ahora la nuda propiedad vale 80 y el usufructo 20, pagarás por la parte que no tengas y conforme al tipo de gravamen en el momento en que se adquirió el usufructo y la nuda propiedad.