Acceder

Cálculo del porcentaje a desgravar tras novación de hipoteca

2 respuestas
Cálculo del porcentaje a desgravar tras novación de hipoteca
Cálculo del porcentaje a desgravar tras novación de hipoteca
#1

Cálculo del porcentaje a desgravar tras novación de hipoteca

Buenas tardes;
Mi duda es la siguiente.
En la declaración desgravo cada año la hipoteca de mi vivienda habitual. El caso es que en el año 2004 hice una novación y pedí un aumento de la hipoteca que no gasté en la vivienda habitual sino que usé el dinero para comprar un terreno. Ahora hacienda me dice que sólo puedo desgravar la parte proporcional de la hipoteca que dediqué a la vivienda habitual.
La cuestión es la siguiente: la hipoteca inicial es de 1999 y en inicio era de 78000€. La novación la hice en 2004 y solicité 88000€ más. En ese momento la cantidad pendiente de la hipoteca inicial era de 67000€. Por tanto ¿cómo se calcula la parte proporcional que tengo derecho a desgravar? ¿Es la proporción entre lo que quedaba en el momento de la novación (67000€) y la suma de lo que quedaba en ese momento más lo que añadí en 2004 (67000€ más 88000€) o bien, es la proporción entre lo que quedaba en ese momento (67000€) y la suma del importe de la hipoteca inicial más lo que añadí en 2004 (78000€ más 88000€), o bien, es la proporción entre lo que pedí en el inicio (78000€) y la suma de ésto más lo que luego pedí en la novación (78000€ más 88000€)?
Espero haber hecho la pregunta de forma entendedora.

Muchas gracias

#2

Re: Cálculo del porcentaje a desgravar tras novación de hipoteca

El coeficiente a aplicar en las cuotas, desde la ampliación de la hipoteca, es la relación entre el capital pendiente 67.000 y el nuevo capital hipotecado 155.000 ( 67.000+88.000) y que es el 43,23% de la nueva cuota, la que puede ser deducible.

Saludos

#3

Re: Cálculo del porcentaje a desgravar tras novación de hipoteca

Muchas gracias por tu respuesta Lunático.
Justo es lo que yo veía justo, sin embargo , en hacienda me hicieron una revisión de la declaración y me dicen que el coeficiente desgravable es de el 40% más o menos y no del 43% como me comentas. Como quiero ir a reclamar, serías tan amable de decirme si es posible, ¿dónde explican la forma en que se ha de calcular este coeficiente en estos casos?. No es que no me fíe de ti, es simplemente que como iré a raclamar a hacienda, me gustaría ir con la normativa bajo el brazo para que el funcionario no me cuente lo que no es, aunque sea por error.
Muchas gracias por tu ayuda.