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Compra de piso con minusvalía del 42%

5 respuestas
Compra de piso con minusvalía del 42%
Compra de piso con minusvalía del 42%
#1

Compra de piso con minusvalía del 42%

Hola, soy nuevo en el foro y quería hacer una pregunta.
Mi mujer compró una vivienda en el 2004 a medias con su hermana, en el 2009 le concedieron una minusvalía del 42% y ahora queremos comprar un piso en gananciales,¿tenemos derecho a la reducción del ITP y a la de AJD?
Muchas gracias y un saludo.

#2

Re: Compra de piso con minusvalía del 42%

Bienvenido a Rankia, Por lo que yo tengo entendido, la reducción del ITP y AJD sobre compra de vivienda habitual o vivienda habitual protegida se realiza en algunas comunidades autónomas como Illes Balears y siempre que la discapacidad sea igual o superior al 65%,

  • Deducción del 50 % de la cuota satisfecha por el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITP y AJD) por la adquisición de la vivienda habitual por discapacitados con grado de discapacidad igual o superior al 65 %, o tener la condición de familia numerosa.
  • Deducción del 75 % de la cuota satisfecha por el ITP y AJD por la vivienda habitual protegida si la adquisición no goza de exención en dicho impuesto y es un discapacitado con grado igual o superior al 65 % o tiene la condición de familia numerosa.
  • Te recomiendo que lo consultes con la administración autonómica de tu comunidad. Un saludo.

    Gestora de Patrimonios en Welzia https://wz.welzia.com/fondos/

    #3

    Re: Compra de piso con minusvalía del 42%

    Hola Amparo, te expongo lo que me han contestado de la Junta de Andalucía:
    Artículo 24. Tipo de gravamen reducido para promover
    una política social de vivienda.
    En la modalidad de Transmisiones Patrimoniales Onerosas del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos
    Jurídicos Documentados se aplicará el tipo de gravamen reducido del 3,5% en las siguientes operaciones:
    a) Transmisión de viviendas protegidas de conformidad con la normativa de la Comunidad Autónoma de Andalucía, cuando se destinen a vivienda habitual del adquirente.
    b) Transmisión de inmuebles cuyo valor real no supere 130.000 euros, cuando se destinen a vivienda habitual del adquirente y éste sea menor de 35 años o tenga la consideración legal de persona con discapacidad.
    En los supuestos de adquisición de viviendas por matrimonios o parejas de hecho, el requisito de la edad o, en su caso, de la discapacidad deberá cumplirlo, al menos, uno de los cónyuges o uno de los integrantes de la pareja de hecho inscrita en el Registro de Parejas de Hecho previsto en el artículo 6 de la Ley 5/2002, de 16 de diciembre, de Parejas de Hecho.

    No concreta el grado de minusvalía, pero mi pregunta es ¿repercute el que tenga la mitad de otro piso a su nombre, para la compra de otro conmigo?.

    Gracias y perdona por el tostón.

    #4

    Re: Compra de piso con minusvalía del 42%

    En este tipo de cuestiones autonómica prefiero no pillarme los dedos... parece que no importa que la vivienda se adquiera por los dos, ya que dice al menos, uno de los cónyuges o uno de los integrantes de la pareja de hecho inscrita en el Registro de Parejas de Hecho. Pero ya te digo, es mejor que todas las dudas se las hagas a la Junta de Andalucía que te sabrá responder mejor.

    Un saludo.

    Gestora de Patrimonios en Welzia https://wz.welzia.com/fondos/

    #5

    Re: Compra de piso con minusvalía del 42%

    He estado hablando con hacienda y me dicen que el mínimo es de 33%.

    Gracias.

    #6

    Re: Compra de piso con minusvalía del 42%

    Hola, se me plantea el mismo caso, compramos a medias mi mujer y yo una casa, posteriormente me reconocieron minusvalía superior al 33% y ahora vamos a comprar otra casa. En esta nueva casa podemos aplicar el tipo reducido del 3,5% en Andalucía? O no es posible porque todavía tenemos la otra (que estamos en trámite para vender)?