Muchas gracias Amparo. Acabo de incluir estos rendimientos en la casilla 734. Y varia bastante el resultado.
Solo me queda una duda, como me los estoy deduciendo, debo incluirlos como rendimientos del trabajo anteriormente?
Respecto al enlace del foro que me envias sobre como tributar los rendimientos del capital obtenidos en el extranjero, es realmente complicada la forma en que lo calculan. Para la renta del 2013 seguramente tendre este tipo de rendimientos aunque en poca cantidad, o sea que me voy a plantear si merece la pena.
En cualquier caso, muchas gracias por tu ayuda. Ha sido muy útil.