Aeat: Extincion de condominio o compraventa
Buenas tardes a todos!
Me gustaría plantearos un caso un tanto lioso de extinción de condominio.
Por si creéis que aeat puede considerarlo compra-venta o no.
Inmueble heredados por dos personas en 2010.
Cargas:
-1 hipoteca de la causante , y por tanto, de los 2 herederos.
-otra hipoteca del cual es titular uno de los herederos. (lo llamare heredero B)
(la causante ofreció el inmueble como garantía; no era deudora de esa hipoteca).
Extinción de condominio realizada:
-el heredero (A) que se queda la mitad del inmueble, por lo que solicita una hipoteca para cancelar su mitad de la hipoteca recibida en herencia y pagar el resto acordado al heredero B. Hipoteca de escritura nueva, que nada tendrá que ver con la hipoteca de la herencia.
-con ese dinero, el heredero B cancela la mitad restante de la hipoteca recibida en herencia y tb de la hipoteca, de la que el único titular y deudor.
Yo entiendo que está bien hecha esta extinción de condominio. No es habitual hacerla así. un tanto extraña, pero creo q correcta
Alguien podría darme su opinión de si cree que hacienda entender esto como compraventa?
Muchas gracias.