Pensiòn compensatoria por alimentos a la exmujer casilla 571
Hola, por sentencia judicial en divorcio se acordó una pensión compensatoria por alimentos, que se ha ido pagando.
Pero en el año 2011 no fue pagada por lo que se generó una deuda a favor de la exmujer de dicho año. Esta fue pagada en el año 2012.
En el año 2011 no se presentó declaración de renta, esta va a ser presentada extemporánea junto con la del 2012.
La duda es como hay que deducir la pensión: la que corresponde a cada año la del 2011 (aunque esta fuera pagada en 2012) y la del2012,
O nada en el 2011 y todo lo de los dos años en la del 2012.
Muchas gracias.