Gastos por asesoramiento jurídico y negociación ante bancos.
Buenos días.
En el año 2012 se produjo el canje de los infernales Valores Santander (un producto complejo ideado por Banco de Santander para engañar a viejos y demás incautos, que fue ofrecido masivamente como un Depósito a Plazo Fijo cuando no lo era). Por cada 5000 euros de inversión en el 2007, los ahorradores recibieron en octubre de 2012 la ridícula cifra de 2.265 euros en acciones (pérdidas del 55%).
Mi padre se unió a un Grupo que reclamó ante el banco una comercialización defectuosa por ser un producto inadecuado para unos simples ahorradores por su complejidad.
Se llevó a cabo una negociación por parte de los abogados y el Banco Santander reconoció que hubo una comercialización defectuosa, y SIN LLEGAR A PRESENTAR DEMANDA, se hizo a mi padre una COMPENSACIÓN de más de 7.000 euros por los que ahora tiene que tributar mínimo el 21% (¡Manda güe&@s!, que decía aquel, teniendo en cuenta que el dinero era suyo y se lo habían estafado)
La cuestión que planteo es si la factura del abogado es gasto deducible en IRPF y en qué casilla se pondría.
A la hora de recibir la compensacion, se redactó un documanto en el que se venían a incluir estos conceptos, a números redondos:
" El banco compensa a D. Fulano de tal con .... 7.500 €, de los que 6.000 quedan ingresados en su cuenta y los 1.500 restantes los retiene para ingresarlos en la cuenta del abogado del cliente, D. Periquito Sarmiento"
El abogado extendió la correspondiente factura, que obra en poder de mi padre.
¿¿¿¿Esos 1.500 serían un gasto deducible en IRPF????
¿¿Habría que restarle el IVA que generó el abogado??
Muchas gracias