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Plusvalia herencia por fallecimiento

12 respuestas
Plusvalia herencia por fallecimiento
Plusvalia herencia por fallecimiento
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#9

Re: Plusvalia herencia por fallecimiento

Ya te copié en el anterior comentario porqué afirmaba el plazo de los seis meses. El plazo de los cuatro años, lo puedes ver en:

Artículo 66 Plazos de prescripción Prescribirán a los cuatro años los siguientes derechos: a) El derecho de la Administración para determinar la deuda tributaria mediante la oportuna liquidación. b) El derecho de la Administración para exigir el pago de las deudas tributarias liquidadas y autoliquidadas. (...) Artículo 67 Cómputo de los plazos de prescripción 1. El plazo de prescripción comenzará a contarse en los distintos casos a los que se refiere el artículo anterior conforme a las siguientes reglas: En el caso a), desde el día siguiente a aquel en que finalice el plazo reglamentario para presentar la correspondiente declaración o autoliquidación. En el caso b), desde el día siguiente a aquel en que finalice el plazo de pago en período voluntario, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 2 de este artículo.
Fuente: Ley General Tributaria. Y te sigo insistiendo, siempre que de por por medio no haya habido ninguna notificación. Saludos.
#10

Re: Plusvalia herencia por fallecimiento

ellos dicen que si que han notificado, pero a nosotros no nos ha llegado nada, solo la ultima carta que estaba en el buzon del vecino, que podia no habenos llegado tampoco, y lo hemos visto despues publicado el dia 5 de julio en el boletin de la provincia, ahi esta el lio

#11

Re: Plusvalia herencia por fallecimiento

En mi opinión, pienso que deberíais ir personalmente al ayuntamiento correspondiente y ver qué actitud adoptan y qué documentación aportan. Lo más lógico es que hubieseis tenido una notificación durante el año 2010. Pero al ser un impuesto municipal, la forma de actuar de cada ciudad o pueblo puede cambiar sustancialmente.

En estos casos, el contacto personal con el funcionario que lleve el expediente creo que es muy importante.

Saludos.

#12

Re: Plusvalia herencia por fallecimiento

ok, gracias

#13

Re: Plusvalia herencia por fallecimiento

Tributa, como es lógico, desde el primer centimo de plusvalía.
Y sí, como tú intuyes tributa en el IRPF del año en que vendas, si has vendido este año deberás comunicarlo en tu declaración de la renta 2013 que haras en Mayo/Junio 2014.

Si declaraste que recibías una tierra que valía 100 (y por esos 100 pagaste yá tu Impuesto De Sucesiones) ahora deberás declarar la plusvalía obtenida partiendo de esos 100.

Espero haberte servido de ayuda, y que no te líen los que saben tanto de "no tributaciones"

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