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Multa de Hacienda por no atender requerimiento

18 respuestas
Multa de Hacienda por no atender requerimiento
Multa de Hacienda por no atender requerimiento
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#17

Re: Multa de Hacienda por no atender requerimiento

En el momento en que presenta la Declaración, la presentación de la misma, anula el derecho a no presentarla.

#18

Re: Multa de Hacienda por no atender requerimiento

La sanción aplicada es por no atender el requerimiento y yo creo que la no atención del requerimiento para la aclaración de datos sobre una declaración presentada por el contribuyente constituye una infracción tributaria, artículo 203.1.b de la Ley 58/2003 General Tributaria (LGT).

Analicemos el caso por partes:

1) Si el contribuyente aplica la deducción por adquisición de vivienda, se encuentra obligado a presentar la declaración. Vease por ejemplo la consulta 127268 del INFORMA.

127268-OBLIGACIÓN DE DECLARAR.OBLIGADOS EN TODO CASO

Pregunta
¿Quiénes deben presentar declaración en todo caso?

Respuesta

Deberán presentar declaración, en todo caso (con independencia de que no se superen los límites establecidos en la normativa) aquellos contribuyentes que tengan derecho a:
a deducir por inversión en vivienda.
a deducir por cuenta ahorro-empresa.
a deducir por doble imposición internacional.
a reducir la base imponible por aportaciones a planes de pensiones, planes de previsión asegurados o mutualidades de previsión social,, planes de previsión social empresarial y seguros de dependencia.

o que realicen aportaciones a patrimonios protegidos de las personas con discapacidad.

Siempre que opten por ejercitar ese derecho, es decir si quieren aplicar las citadas deducciones o reducciones.

Normativa/Doctrina
Artículo 96 .4 Ley 35 / 2006 , de 28 de noviembre de 2006 .

2) Otra cosa es que pueda desmotrar que la aplicación de la deducción por adquisición de vivienda responde a un error material(¿?) y como consecuencia de la misma se le exija el pago de una cuota que lesiona sus intereses legíiimos, y se inste la anulación de la declaración de la declaración, en virtud del punto 3 del artículo 120 de la LGT.

3) Pero incluso en ese caso la Administración podría tirar del artículo 194.1 de la LGT
que estipula que "Constituye infracción tributaria solicitar indebidamente devoluciones derivadas de la normativa de cada tributo mediante la omisión de datos relevantes o la inclusión de datos falsos en autoliquidaciones, comunicaciones de datos o solicitudes, sin que las devoluciones se hayan obtenido.

La infracción tributaria prevista en este apartado será grave.

La base de la sanción será la cantidad indebidamente solicitada.

La sanción consistirá en multa pecuniaria proporcional del 15 por ciento."

3) Y por último está la doctrina de los actos propios proclamado como un principio general del derecho y en el que no se admitiría la actuación contra el propio acto voluntario del contribuyente al presentar como obligado (deducción por vivienda=OBLIGACIÓN) la declaración.

Y una última cuestión, ¿la cuota a ingresar a que es debida?. Para ello hay que analizar la liquidación provisional que se le habrá girado.
¿Al aplicar la deducción por vivienda, en su día obutuvo una deducción que originó la devolución?, pues si este es el caso también es un motivo de infracción haber obtenido devoluciones indebidas.
¿La cuota liquidada, los 211€, únicamente es el importe de la devolución que obtuvo en su día?.

Saludos.

#19

Re: Multa de Hacienda por no atender requerimiento

Plas, plas...!! Hoy he presentado el recurso de reposición para pedir "caridad" pero el error fue del contribuyente. Por lo tanto, es correcta la argumentación.

Muchas gracias a todos.