Acceder

Fallecimiento sin herencia

19 respuestas
Fallecimiento sin herencia
Fallecimiento sin herencia
Página
1 / 3
#1

Fallecimiento sin herencia

Buenas tardes, antes de nada agradecerle si pueden ayudarme ayudarme a resolver una duda.
Hace un mes falleció mi madre, sus bienes ya los habia repartido en vida. Los bienes eran la casa donde ella vivia, que me la dejó a mi y otra casa que tenia se la dio a mi hermana. Todo figura en escritura. Pero no hizo ningún testamento simplemente dos escrituras: una para mi y otra para mi hermano con la cesion de esos bienes. Ahora que falleció no tenia ningún bien a su nombre. Qué tengo que hacer? Supongo que no es necesario hacer declaración de herederos o sí es necesario hacerlo?

Un saludo y gracias

#2

Re: Fallecimiento sin herencia

los impuestos sobre las sucesiones se tienen que presentar en el plazo de 6 meses desde el fallecimiento, asi que existan mas bienes o no se tienen que presentar, por lo que entiendo que se deberia de hacer la declaración de herederos, en este caso ante notario, (aproximadamente unos 150,00.-€), yo lo haría ya que queda para siempro por si acaso, siempre existe algún dinero en el banco que no podran repartir mientras no se presenten los imp. sucesiones que es obligatorio, se pague o no. salvo mejor opinión

#3

Re: Fallecimiento sin herencia

Si no hay herencia, no hay nada que declarar.

#4

Re: Fallecimiento sin herencia

Teneis que presentar en la Consejería de Hacienda de tu Comunidad un escrito diciendo que la fallecida no tenía bienes y ya está, bueno, y algún papel mas como el certificado de defunción y los DNI. Eso sí, asegurate de que no los haya, por ejemplo en el catastro, que no aparece nada a su nombre.
Si de verdad no hay nada, no os molesteis en hacer la declaración de herederos, es tirar el dinero

Un saludo

#5

Re: Fallecimiento sin herencia

¿y quien firma ese escrito?, los herederos, ¿y quienes son los herederos si no hay testamento?. salvo mejor opinión

#6

Re: Fallecimiento sin herencia

Lo firman los herederos "presuntos" según derecho civil, es decir, los hijos y el cónyuge si vive. En ausencia de estos serían los ascendientes, luego los colaterales, etc

Un saludo

#7

Re: Fallecimiento sin herencia

He de comentaros que no hay ningún bien a su nombre pero si hay una cuenta con saldo superior a 10.000 €. Hemos ido al banco y nos han dado el certificado con ese saldo pero no debería poner 5.000 €? porque ese saldo es el que le corresponde a la fallecida y los otros 5.000 € son del cónyugue. Entonces, sí hay que hacer declaración de herederos, no es así?
Y esos 5.000 € los herederos tienen que declararlos en el próximo ejercicio de la declaración de la renta, no es así?

Un saludo y muchas gracias.

#8

Re: Fallecimiento sin herencia

Esos 5.000 € no se declaran en el IRPF porque deben tributar por el I. de Sucesiones. Así que tenéis que hacer la declaración de herederos y presentar la correspondiente delcaración del I. de Sucesiones. No so durmáis porque el plazo es de seis meses.

Guía Básica