Por mucha voluntad de adivinación que se ponga, es bastante improbable que alguien pueda darte una contestación.
Si te podemos decir que el IVA, es un impuesto sobre el consumo y no sobre la renta, donde no tiene ninguna incidencia. Si has facturado con IVA , tu solo has sido recaudador y el IVA facturado lo debes ingresar en Hacienda que es al que le pertenece y por compras o gastos necesarios en tu actividad por el IVA que hayas pagado, lo deduces del IVA recaudado, cuando liquidas en Hacienda.
El IRPF estará en función de tus rentas obtenidas que solo tu debes conocer, y las retenciones incluidas en tus facturas son ingresos a cuenta que ya tienes ingresado en la Hacienda para cuando realices la Declaración.
En esta liquidación final(Declaración) , por la diferencia entre tu Cuota Tributaria, en función de tus rentas declaradas y las entregas a cuenta que ya tienes realizadas, te resultara una diferencia o bien a pagar por mayor Cuota Tributaria que entregas a cuenta o bien al revés tendrás una devolución por el exceso ingresado a cuenta.
Saludos