Ok.
En primer lugar vamos a separar impuestos. Lo de 2009 es una donación, y tributa en por ISD. Lo de ahora son ganancias patrimoniales y tributan por IRNR.
Esta donación no es en escritura pública, y seguramente tampoco habrá un documento privado que pruebe fehacientemente la fecha, por lo que lo primero que encontramos es un problema de perfeccionamiento de la donación, por la no acreditación de la aceptación de la donación.
Es un tema complejo así que te daré la versión light: esto de los 4 años empieza a contar desde la donación, pero tu no puedes probar cuando has aceptado la donación (tener una transferencia no implica que la aceptes), así que la administración puede decirte que nunca la has aceptado, por lo tanto la donación no se ha perfeccionado, y nunca ha empezado el plazo de prescripción. Total, que te pueden decir que no está prescrita.
En caso de que sí hubiese escritura sería diferente.
Mi recomendación hasta este punto es que dejes de pensar en ello y te olvides si Hacienda no te ha dicho nada. Si algún día vienen a decirte algo, contrata a un profesional si verdaderamente estamos hablando de una donación de mucho dinero.
En cuanto a las ganancias en bolsa, si se trata del IBEX, están sujetas pero exentas. Tienes que presentar la declaración pero no te tocará pagar nada. La declaración se presenta por cada una de las rentas conseguidas de forma trimestral. Es decir que presentarás si vendes entre enero y marzo, entre abril y junio, julio y septiembre, octubre y diciembre. Se presenta en los 20 días siguientes al fin del trimestre.
Tanto la donación como las ganancias las tienes que declarar en UK seguro. No soy especialista en su legislación así que no puedo ayudarte más en este sentido.