La contabilidad del abogado autónomo
Estimados compañeros, hace pocos meses me di de alta en el I.A.E. en la actividad de abogado, para ejercer por cuenta propia. Cuando me di de alta la señora que me atendió en Hacienda me dijo que tenia obligación de llevar un libro de gastos, otro de ingresos y otro de bienes de inversión.
Pero recientemente hay quien me ha dicho que también debería de llevar la contabilidad de acuerdo con el plan general contable para pymes...es decir ir anotando los gastos conforme a su grupo, subgrupo etc.. y los bienes de inversión distinguir igualmente si esta en el grupo 1, 2, 3...etc...sin embargo yo creo que no es así en el caso de autónomos. ¿qué opináis? muchas gracias