¿Confusión a la hora de deducir tu vivienda habitual?
Estimados rankianos, imagino que al igual que yo, lo que os voy a plantear le pasará a más de uno vosotros.
El tema de deducción por tu vivienda habitual tiene tantas dobleces que nos ponen de los nervios a más de uno,os cuento un caso.
Poseo una vivienda,es más,mi vivienda ya que sólo tengo una, en Andalucía.Después de 12 años pagando la hipoteca de esa casa y deduciendo me cada año en la renta, por motivos laborales he tenido que mudarme a Melilla donde he sido contratado ,por lo tanto me he tenido que empadronar en melilla donde actualmente vivo en casa de mi pareja,casa en la que yo no tengo nada que ver,pues es suya.
Mi pregunta es ¿puedo deducirme en la próxima renta mi vivienda, y digo vivienda porque sólo tengo una, hace tiempo leí que después de algunos años viviendo en esa vivienda puedes vivir en cualquier sitio y deducirtela pero llevó buscando esta información tiempo y no consigo encontrar nada.Agradecería si algún rankiano o experto colgara su respuesta y ayudar así tanto a mi como al resto que pueda encontrarse en una situación parecida.